Ana Estrada accederá a eutanasia en una conquista emblemática: EsSalud acepta observaciones a protocolo de muerte digna

La histórica decisión permitirá a la activista elegir el médico de su confianza para aplicar el procedimiento. Con las observaciones resueltas, el documento entra en vigor para el caso

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Foto de archivo ilustrativa de Ana Estrada, en su casa en Lima Feb 7, 2020. REUTERS/Sebastian Castaneda

La activista Ana Estrada (45), quien lucha desde hace años por una muerte digna ante la enfermedad degenerativa e incurable que padece, fue notificada este jueves con la decisión favorable del Seguro Social (EsSalud) de resolver las dos observaciones que formuló a su protocolo aislado de eutanasia.

A través de un memorando emitido por la Gerencia Central de Asesoría Jurídica del Hospital Rebagliati, EsSalud informó que la comisión responsable del documento acató los requerimientos que presentó en octubre pasado al Séptimo Juzgado Constitucional, encargado de ejecutar el fallo, sobre el borrador del protocolo que llegó a sus manos el mes anterior.

Respecto al consentimiento informado, la activista podrá autorizar previamente a una persona de su confianza a firmar el documento, si ella no pudiera hacerlo, al momento de solicitar la eutanasia.

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Ana Estrada, peruana que busca la eutanasia en el Perú. (EFE)

La segunda observación fue que se le permitiera elegir a un médico de confianza para el procedimiento eutanásico, tal como pasa en otros países donde es legal (Países Bajos o España). Josefina Miró Quesada, defensa de la psicóloga, señaló que este último elemento era “muy importante” al ser un acto médico trascendental.

“La confianza entre el médico responsable y el paciente da seguridad y tranquilidad a este último de que respetará en todo momento su voluntad. Además, permite sortear barreras de objeción de conciencia, pues se tratará de un médico no objetor que apoya y comprende plenamente la decisión de Ana. La información sobre la identidad del médico se entregará a EsSalud de manera reservada”, se lee en un comunicado enviado a Infobae Perú.

Con este paso histórico en su causa, el documento resulta plenamente vigente y la psicóloga ya tiene la libertad absoluta de decidir el momento en el que desee acceder a su derecho a la muerte digna. “Esta decisión es estrictamente personal. El fallo precisa que la eutanasia deberá practicarse en un máximo de diez días hábiles contados a partir de cuando ella manifieste su voluntad de acceder al procedimiento”, señaló Miró Quesada, quien ha ejercido la defensa junto con Percy Castillo.

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El caso de Ana Estrada llegó al fuero judicial en enero del 2020.

“Ana va a vivir el epílogo de la vida sin sufrimiento, acompañada de sus seres queridos, despidiéndose de la forma en que ella desee, en la intimidad de su hogar y haciéndolo todavía con la libertad en sus manos. Es un reconocimiento muy importante para ella y todas las personas que viven situaciones similares”, abundó la letrada en un diálogo posterior.

La eutanasia no está permitida en Perú —a diferencia de Colombia, España o Suiza— y se castiga hasta con tres años de cárcel a quien ayude a morir a otro que lo solicite. Sin embargo, en el caso de Estrada, la Corte Superior dispuso en 2021 una excepción para que se “inaplique” el artículo 112 del Código Penal, que prohíbe la muerte asistida. Tras esta decisión histórica, ni el Gobierno peruano ni EsSalud apelaron la sentencia.

“Mi recorrido por el activismo ha sido mucho más positivo que negativo —ha dicho—, cuando empecé creía que todo sería indiferencia o ataques y dije, bueno, no pasa nada, pero no, al final ha sido el camino lo que paradójicamente me ha llevado a valorar mucho más la vida y eso es algo que difícilmente la gente que esté en contra lo comprenda”.

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