Personal del servicio militar acuartelado recibirá mensualmente remuneración mínima vital

La propuesta había sido objetada por el Ejecutivo, que argumentó que la remuneración económica que recibe el personal del servicio militar corresponde a un servicio realizado fuera de una relación laboral.

La propuesta, había sido presentada por el congresista José Williams Zapata. (Andina)

El último miércoles, el Pleno del Congreso de la República insistió en la aprobación de la Autógrafa observada por el Poder Ejecutivo, para que se otorgue una Remuneración Mínima Vital (RMV) al soldado, grumete o avionero, que realiza el servicio militar acuartelado.

En cuanto al personal de tropa de otras jerarquías que también prestan servicio militar en cuarteles, se establece una asignación mensual basada en la RMV aprobada por el Ministerio de Defensa en noviembre de cada año, la cual será efectiva a partir de enero del año siguiente. La aprobación de la propuesta contó con 114 votos a favor y una abstención.

Ejecutivo había rechazado propuesta

La propuesta, había sido presentada por el congresista José Williams Zapata, quien también es presidente del Congreso, pero fue objetada por el Poder Ejecutivo, que argumentó que la remuneración económica que recibe el personal del servicio militar corresponde a un servicio realizado fuera de una relación laboral y constituye un gasto por encargo.

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Otras de las objeciones se basan en que, de acuerdo con el Decreto Legislativo 1132, el monto de la asignación económica se determina como un porcentaje de la remuneración consolidada del suboficial de menor rango, y que la implementación de dicha asignación generaría un costo que no está contemplado en los saldos presupuestarios previstos en la Ley de Presupuesto del Año Fiscal 2023.

Aprueban asignación económica mensual para personal del Servicio Militar Acuartelado

Argumentos del Congreso

Diego Bazán Calderón, presidente de la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas, del partido Avanza País, argumentó que la naturaleza jurídica del servicio militar en cuarteles es similar a una relación laboral, caracterizada por la prestación personal de un servicio, la subordinación y la retribución económica.

“En consecuencia, la comisión considera que equiparar la asignación económica mensual con una RMV no desnaturaliza la misma”, dijo.

Además, indicó que la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto anula cualquier disposición legal que establezca la distribución porcentual para otorgar incentivos y estímulos económicos, bajo cualquier denominación, y que esta ley tiene mayor rango.

Añadió que la comisión considera que la aprobación de la propuesta legislativa no crea ni aumenta el gasto público vigente, ya que es responsabilidad del Poder Ejecutivo incluir partidas presupuestarias en el próximo presupuesto anual para su ejecución.

Congresistas de diferentes bancadas expresaron su apoyo a la aprobación y coincidieron en que se trata de hacer justicia a un sector que no recibe recursos, tiene responsabilidades familiares y necesita seguir formándose para su desarrollo.

Para los congresistas, la naturaleza jurídica del servicio militar en cuarteles es similar a una relación laboral, caracterizada por la prestación personal de un servicio, la subordinación y la retribución económica. (Andina)

Durante el debate, el congresista Roberto Chiabra León (APP) advirtió que este sector no ha recibido un aumento en su magra remuneración en los últimos once años y carece de recursos para sustentarse adecuadamente una vez finalizado su servicio.

El congresista Flavio Cruz Mamani (PL) señaló, en la misma línea, que la aprobación de la propuesta legislativa rendirá homenaje a los soldados que perdieron la vida en el río Ilave, en Puno.

También participaron de la discusión los legisladores Héctor Valer Pinto (SP) Edwin Martínez Talavera (AP) y Jorge Marticorena Mendoza (PB) quienes se pronunciaron en diferentes todos, pero coincidentes en el tema.

7 de junio feriado

Por otro lado, el Congreso de la República publicó este jueves, en el diario oficial El Peruano, la Ley Nº 31788 que declara el 7 de junio feriado nacional en conmemoración de la Batalla de Arica y del Día de la Bandera.

La ley, aprobada por insistencia por el Poder Legislativo, modifica el artículo 6 del Decreto Legislativo 713 (que consolida la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada).

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