¿Qué hace una imagen religiosa en una universidad pública?

Matías Pedernera Allende

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Por estos momentos, en Córdoba, se ha desarrollado una polémica por la decisión unilateral de una asamblea de estudiantes universitarios de retirar por la fuerza una imagen de la Virgen María en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional. Acompañados de gritos de victoria, en su lugar se colocaron pañuelos de color verde y naranja.

Ante ello, ha surgido la pregunta: ¿Qué hace una imagen religiosa en una universidad pública? La pregunta tiene un grado de razonabilidad y, a la vez, un grado de ingenuidad. La razonabilidad viene dada por el hecho de que no se trata de una institución confesional, y entonces, la presencia de un símbolo valorable por una porción de esa comunidad resultaría extraña.

La ingenuidad tiene que ver con que, a poco que se indague en la historia de la Universidad Nacional de Córdoba, se llega a una explicación. Se trata de una institución fundada por los jesuitas en 1613. A la vez, es un interrogante semejante al que indaga qué hace un artículo como el 2 (sostenimiento del culto católico) en la sistemática de la Constitución Nacional. En ambos casos, la respuesta está ligada a la fuerte presencia histórica del cristianismo en el desarrollo de nuestras instituciones.

Volviendo a la razonabilidad de la pregunta, la respuesta tiene mucho que ver con otros tópicos institucionales relevantes como la neutralidad del Estado. En otras palabras, ¿corresponde la presencia de símbolos en instituciones que se presumen neutrales? Una posible respuesta tiene que ver con las personas que forman parte de esas instituciones. Por ejemplo, en la universidad hay accesos especiales para personas con movilidad reducida, precisamente en atención a esa cualidad.

Yendo a lo simbólico, en las universidades nacionales también hay símbolos de partidos políticos porque estos participan de la política y el cogobierno universitario. Ahora bien, si en las universidades hay, de hecho, personas que son creyentes (así como hay personas con movilidad reducida o militantes políticos), ¿sería tan extraño que en atención a ellos hubiera símbolos religiosos? Quizás el problema a resolver tenga que ver con la igual expresión de los cultos y no con su erradicación.

La erradicación pareciera tener que ver con una concepción de neutralidad de las instituciones públicas, que, en vez de valorar positivamente el hecho religioso (y a las personas religiosas) como un componente de nuestras sociedades plurales, lo valora negativamente y procura su eliminación. La neutralidad así entendida se transforma en una excusa para la descalificación de las creencias y de los símbolos a ellas asociados. Y, en última instancia, de los propios creyentes.

Sin embargo, esta posición parece ignorar, que, también de hecho, todos creemos en algo. Es decir, todos, de algún modo, positiva, negativa o escépticamente, respondemos a las preguntas de la existencia humana, o de la divinidad. La erradicación de los símbolos parece tomar partida por la posición (no) creyente que niega o es escéptica.

Pero, entonces, la respuesta adecuada y auténticamente neutral parece ser aquella que valora positivamente todas las creencias y, en vez de impedir su ejercicio, lo promueve. Se trata, nada más y nada menos, del derecho constitucional a la libertad religiosa, que, como tal, no solo tiene una dimensión negativa (de evitar obstrucciones a su ejercicio), sino también positiva (de favorecerlo). Solo de este modo estaremos conviviendo en una sociedad plural y respetuosa de todos nuestros conciudadanos.

El autor es abogado. Profesor adscripto de Derecho Constitucional y Filosofía del Derecho (UNC).