La Modalidad 40 del IMSS, conocida formalmente como Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, permite a trabajadores que dejaron de cotizar seguir acumulando semanas y elevar el salario promedio que determina el monto de su pensión.
En 2026, la cuota mensual equivale al 14.438% del salario base de cotización elegido, con un tope de 25 Unidades de Medida y Actualización (UMAs) diarias.
El esquema está regulado por el artículo 218 de la Ley del Seguro Social y su trámite oficial lleva la clave IMSS-02-007. Cubre las ramas de Invalidez y Vida, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, pero no incluye servicios médicos del Instituto.
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Solo para trabajadores de la Ley 73
La Modalidad 40 aplica exclusivamente a quienes dieron de alta su Número de Seguridad Social (NSS) antes del 1 de julio de 1997, es decir, los afiliados bajo la Ley del Seguro Social de 1973.
Quienes comenzaron a cotizar a partir de esa fecha operan bajo la Ley de 1997 y no tienen acceso a este esquema. Para ellos, la única vía de mejorar su pensión es volver a un empleo formal con registro ante el IMSS.
Requisitos para inscribirse en 2026
Para acceder al esquema, el trabajador debe cumplir tres condiciones simultáneas: Haber cotizado al menos 52 semanas dentro de los últimos cinco años previos a la baja. Estar dado de baja del régimen obligatorio, es decir, sin relación laboral vigente registrada ante el IMSS.
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Presentar la solicitud dentro de los cinco años siguientes a la fecha de baja, conforme al artículo 219 de la Ley del Seguro Social. Pasado ese plazo, el derecho se pierde de forma definitiva.
El Salario Base de Cotización (SBC) elegido no puede ser inferior al salario mínimo vigente —$315.04 por día en 2026— ni superior al tope de 25 UMAs diarias. Una vez fijado, puede incrementarse en cualquier momento, pero no reducirse.
Cuánto cuesta la Modalidad 40 en 2026
La tasa aplicable en 2026 es del 14.438% sobre el salario base elegido, un punto porcentual más que el 13.347% vigente en 2025.
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) fijó la UMA diaria en $117.31 pesos a partir del 1 de febrero de 2026, lo que establece un tope de cotización de $2,932.75 pesos diarios.
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Las cuotas mensuales aproximadas según el nivel de UMAs son:
5 UMAs: ~$2,541 pesos al mes 10 UMAs: ~$5,081 pesos al mes
15 UMAs: ~$7,622 pesos al mes 20 UMAs: ~$10,162 pesos al mes
25 UMAs (tope): ~$12,703 pesos al mes
El monto varía ligeramente según los días del mes. Quien cotice al tope desembolsa alrededor de $154,574 pesos al año.
El costo seguirá subiendo hasta 2030
La tasa del 14.438% no es permanente. La reforma de pensiones publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de diciembre de 2020 establece un calendario de incrementos anuales:
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2027: 15.528%
2028: 16.619%
2029: 17.709% 2030: 18.800% (tasa final)
Quien se inscriba hoy debe presupuestar cuotas crecientes cada año. Al tope de 25 UMAs, el pago mensual rondará los $16,760 pesos en 2030.
Cómo inscribirse paso a paso
El trámite es gratuito. Ningún intermediario puede cobrar por la inscripción. Hay dos vías:
En línea, a través del portal de Servicios Digitales del IMSS (serviciosdigitales.imss.gob.mx):
1. Buscar la opción “Solicitud de inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio”.
2. Capturar CURP, NSS y correo electrónico válido. El sistema verifica la identidad y la elegibilidad de forma automática.
3. Seleccionar el Salario Base de Cotización deseado.
4. Enviar la solicitud. La resolución llega en un plazo máximo de cinco días hábiles. De forma presencial, en la subdelegación del IMSS correspondiente al domicilio, de lunes a viernes en horario de 8:00 a 15:30 horas, con los siguientes documentos:
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CURP y NSS Identificación oficial vigente (original y copia) Comprobante de domicilio no mayor a tres meses (original y copia) Escrito libre con la solicitud, firmado con rúbrica autógrafa o huella digital (original y copia) Correo electrónico válido
Cómo pagar cada mes
Una vez aprobada la inscripción, las cuotas se generan y liquidan a través del Sistema de Pago Referenciado del IMSS (SIPARE), disponible en sipare.imss.gob.mx.
El pago debe realizarse antes del día 17 del mes siguiente al que se cotiza: la cuota de enero, por ejemplo, vence el 17 de febrero.
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El pago puede hacerse mediante banca en línea o en ventanilla bancaria. El retraso genera recargos del 2.07% mensual sobre la cuota actualizada por el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).
Riesgos de no pagar a tiempo
Si las omisiones se acumulan, el IMSS da de baja la cotización de forma automática. Recuperar el acceso al esquema tras una baja por mora exige esperar 12 meses, un período que puede resultar determinante para quienes tienen la jubilación próxima.
Existe la posibilidad de cubrir meses en retroactivo en una sola exhibición, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la última cotización y la solicitud se realice dentro de los 12 meses posteriores a la baja, con los recargos y actualizaciones correspondientes.
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La Modalidad 40 no cubre servicios médicos
Desde la entrada en vigor de la Ley del Seguro Social de 1997, la continuación voluntaria en el régimen obligatorio no genera derecho a atención médica en el IMSS.
Quien se inscriba en este esquema debe resolver su cobertura de salud por separado, ya sea a través del Seguro de Salud para la Familia del IMSS o mediante un seguro de gastos médicos mayores privado.