
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) informó este miércoles que los partidos políticos tendrán un plazo de tres días para presentar sus informes de gastos y de ingresos, una vez concluyan las precampañas rumbo a las elecciones de 2024.
Por unanimidad, las y los magistrados ratificaron el acuerdo 526/2023 del Instituto Nacional Electoral (INE) en el que, entre otras cuestiones, se establecieron fechas para concluir las precampañas de dicho proceso.
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Y es que se desechó la impugnación presentada por las consejeras electorales Dania Ravel y Claudia Zavala, en contra del nuevo calendario de precampañas, debido a que “carece de legitimidad en su demanda”. Argumentaron que la modificación redujo significativamente el tiempo para fiscalizar los gastos, al pasar de 47 días a sólo 40 para esa finalidad.
Sin embargo, el TEPJF concluyó que el Consejo General del INE sí cuenta con atribuciones para hacer los ajustes que considere necesarios a los plazos de fiscalización, a fin de garantizar la debida ejecución de las actividades electorales.
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“En el escrito de demanda tampoco se señala que se prive de alguna prerrogativa o se imponga una carga a título personal, sin que sea óbice que las actoras expongan de forma general que supuestamente se vulnera la adecuada fiscalización de gastos, pues se trata de una atribución que finalmente ejerce el órgano colegiado que emitió la determinación impugnada”, se lee en el proyecto de la magistrado Felipe de la Mata Pizaña.
Además, se indicó que los partidos no tenían derecho para impugnar el ajuste, porque se realizó en un acuerdo previo que no fue impugnado.
El INE determinó que las precampañas inicien el 20 de noviembre del 2023 y culminen el 18 de enero del 2024, por lo que los partidos deberán entregar su reporte a más tarde el 21 del mismo mes.
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Alejan a encargados de programas sociales del proceso

En otras noticias, el TEPJF confirmó los lineamientos dictados por el INE para evitar que los llamados Servidores de la Nación, y otros empleados públicos dedicados a la promoción de programas sociales, intervengan en el proceso electoral y en el día de la votación de 2024.
La sentencia fue aprobada por mayoría de magistrados de la Sala Superior, la cual apoyó el proyecto presentado por la magistrada Janine Otálora, quien propuso confirmar el contenido de dichos lineamientos.
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El magistrado presidente Reyes Rodríguez argumentó su respaldo al proyecto al afirmar que, con base en expedientes anteriores, los actos de entrega de programas sociales sí pueden implicar riesgos o pueden dar pie a la generación de mecanismos de condicionamiento que generen presión o coacción.

Quien votó en contra fue el magistrado Felipe Fuentes, que consideró que el INE se extralimitó en sus atribuciones al establecer restricciones que presuntamente no le corresponden.
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Ante ello, propuso revocar los lineamientos, pero su planteamiento no prosperó.
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