El Tribunal que condenó a la ex presidenta Cristina Kirchner en la causa Vialidad rechazó este viernes un nuevo pedido de su defensa para que se le quite la tobillera electrónica y se flexibilicen las condiciones de su prisión domiciliaria, a pocos días de cumplirse un año de su detención el 17 de junio de 2025.
El juez del Tribunal Oral Federal 2 Rodrigo Giménez Uriburu negó los pedidos hechos el 28 de mayo último por los abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy y ratificó la vigencia de todas las condiciones bajo las cuales CFK cumple en la actualidad la pena de seis años de prisión por administración fraudulenta.
La decisión judicial sostuvo que las restricciones responden a finalidades “legítimas de organización y supervisión de la ejecución penal”, así como a la necesaria “preservación de la tranquilidad del barrio y la convivencia pacífica de sus habitantes”, según la resolución a la que tuvo acceso Infobae.
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Qué pidió la defensa
La defensa había solicitado el cese del régimen de visitas o en todo caso la vuelta a una modalidad anterior más flexible, sacar a la ex Presidenta la tobillera electrónica y eliminar restricciones sobre el uso de la terraza del edificio donde Fernández de Kirchner cumple condena. Entre los argumentos, los abogados valoraron el cumplimiento estricto de las reglas de conducta, el principio de progresividad de la pena y la ausencia de riesgos de fuga.
Pero el Tribunal rechazó los pedidos porque “el adecuado acatamiento de las reglas de conducta invocado por la defensa como fundamento de su pretensión no constituye, por sí solo, una circunstancia que habilite a concluir que las restricciones actualmente vigentes han perdido su razón de ser”. “Antes bien, dicho comportamiento ha sido precisamente el presupuesto que justificó la continuidad de la modalidad domiciliaria de cumplimiento”, se concluyó.
Además, el juez destacó que “el régimen progresivo” en el cumplimiento de las penas se encuentra concebido para los casos dentro del sistema penitenciario. La prisión domiciliaria, “en cambio, constituye una modalidad excepcional de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, sometida a un régimen jurídico propio y a mecanismos particulares de supervisión y control”.
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Tobillera y terraza
Respecto a la solicitud de eliminar el monitoreo electrónico mediante la tobillera, el magistrado destacó que “la utilización del dispositivo constituye la regla legal establecida por el legislador, mientras que su dispensa reviste carácter estrictamente excepcional y exige la concurrencia de circunstancias —de orden médico, técnico u operativo— previamente acreditadas mediante informe de los órganos de control y del equipo interdisciplinario del juzgado o tribunal de ejecución", algo que no se verifica en el caso.
Sobre el uso de la terraza, Giménez Uriburu también rechazó el pedido para ampliar las dos horas diarias en las que la ex presidenta puede usarla. “No se advierte que las limitaciones actualmente vigentes frustren o desnaturalicen la finalidad que justificó la autorización oportunamente concedida”, concluyó. Por el contrario, Fernández de Kirchner “conserva la posibilidad de acceder diariamente a un espacio abierto apto para el desarrollo de actividades físicas y recreativas”.
Las restricciones en materia de horario y duración del acceso responden, “en cambio, a criterios de prudencia destinados a compatibilizar aquella posibilidad con el deber... de preservar la tranquilidad del vecindario y no perturbar la convivencia pacífica entre vecinos”.
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La ex presidenta está condenada a seis años de prisión por administración fraudulenta en la causa Vialidad y fue detenida el 17 de junio del año pasado, luego que la Corte Suprema dejara firme ese veredicto. Desde entonces tiene prisión domiciliaria con tobillera electrónica en su departamento de San José 1111, en Constitución.