Condenada a 17 años de cárcel una pareja por maltrato y violaciones a la hija de ella

La justicia considera probado que la joven sufrió años de violencia física y sexual, agresiones de las cuales su madre tenía conocimiento y nunca impidió, dictando indemnización y alejamiento tras un testimonio calificado de “sincero” por la Sala

El tribunal determinó, tras valorar las pruebas, que la declaración de la joven que denunció a su madre y al compañero sentimental de esta reunía coherencia y sinceridad, lo que, de acuerdo con la resolución judicial, permitió sostener los hechos relatados en su denuncia. En sus palabras durante el juicio, la afectada relató que, desde su infancia, en el domicilio familiar existía un ambiente donde además de los abusos y el maltrato, se plantaba marihuana y se vendían estupefacientes, lo que influía en la dinámica de silencio en torno a la violencia que sufría. Europa Press detalló que, pese a verbalizar en reiteradas ocasiones a su madre la situación por la que atravesaba y la responsabilidad de su pareja como agresor sexual, la progenitora no adoptó ninguna iniciativa para cesar los hechos.

La Audiencia de Granada impuso 17 años de prisión a la madre y a su pareja, luego de considerar acreditado que la hija de la mujer fue víctima de malos tratos y abusos sexuales durante la niñez y adolescencia, según reportó Europa Press. La menor convivió con ambos en el mismo domicilio hasta alcanzar la mayoría de edad, circunstancia en la que, tras una última agresión coincidente con el cumpleaños de la madre, abandonó la vivienda y denunció lo sucedido meses después. El fallo recoge que los episodios de violencia iniciaron cuando la afectada tenía aproximadamente seis años y que, a partir de los trece, comenzaron las agresiones sexuales por parte de su padrastro.

Durante años, según la sentencia a la que accedió Europa Press, la joven recibió insultos y golpes de forma reiterada por parte tanto de su madre como del compañero sentimental de la mujer. Las lesiones jamás derivaron en una consulta médica, y frente a terceros los acusados justificaban las marcas visibles aduciendo caídas accidentales. El tribunal afirmó que el patrón de violencia doméstica consistió en golpes, humillaciones y amenazas que contribuyeron al deterioro físico y emocional de la víctima.

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A los malos tratos habituales se sumaron las agresiones sexuales, que se intensificaron al llegar la menor a la adolescencia. La Sala reflejó en la sentencia que la madre conocía lo que ocurría dentro de la vivienda y que, en numerosas ocasiones, fue testigo de que su pareja se aislaba en una habitación junto a la hija. Según publicó Europa Press, la menor transmitió verbalmente su situación a la progenitora, empleando términos como "monstruo" para describir a su padrastro y manifestando de manera explícita que había sufrido violaciones y que esa situación le resultaba insoportable. A pesar de las advertencias y ruegos, la madre nunca intervino.

El auto detalla que, en una ocasión, la adolescente sospechó un embarazo resultado de uno de los abusos sexuales. La reacción de ambos acusados fue propinarle una golpiza que desencadenó un sangrado abundante, acompañado por intensos dolores y que se prolongó durante varios días. Europa Press consignó que la víctima no solo no fue atendida médicamente, sino que, debido al entorno de violencia y silencio, ella misma recurrió al uso de tranquilizantes y careció de apoyo psicológico, ya que los acusados temían que, de asistir a especialistas, la joven desvelara la situación en casa.

La sentencia dictamina para ambos una condena total de quince años por agresión sexual continuada y dos años adicionales por los delitos de malos tratos habituales, de acuerdo con los datos proporcionados por Europa Press. Se establece, además, una indemnización de 60.000 euros dirigida a la víctima por los daños morales sufridos. La joven recibe actualmente tratamiento psicológico por las secuelas derivadas de los episodios vividos.

De forma adicional, la Audiencia de Granada fijó una orden de alejamiento que impide a los procesados tanto contactar como acercarse a la denunciante por un período de 20 años. Al término del cumplimiento de la pena privativa de libertad, ambos deberán someterse a un régimen de seis años de libertad vigilada. Según la resolución judicial difundida por Europa Press, la madre de la víctima, como garante legal de su hija por tratarse de una menor al momento de iniciarse los abusos, responde penalmente como autora al no impedir las frecuentes agresiones sexuales y actos de violencia dirigidos contra la joven.

La investigación judicial recogida por Europa Press incluyó la apreciación del testimonio de la joven como prueba de suficiente peso probatorio para fundamentar la condena. Los magistrados destacaron la solidez del relato e insistieron en que los hechos quedaron verificados por el carácter persistente y la verosimilitud de las declaraciones.

El procedimiento permanece abierto a recursos y la sentencia aún no es firme, conforme a lo informado por Europa Press. La madre y su pareja enfrentarán la responsabilidad penal no solo por la omisión de protección y el maltrato físico continuo, sino también por la responsabilidad directa en los delitos sexuales que sufriera la hija durante más de una década de convivencia.

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