Si cobro menos de 22.000 euros, ¿tengo que hacer la declaración de la Renta?

Aunque para la mayoría de contribuyentes sea un procedimiento obligatorio, hay quien no tiene la necesidad de hacerla

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La declaración de la Renta puede presentarse de forma online desde el pasado 2 de abril. (Carlos Luján/Europa Press)

Este miércoles 2 de abril arrancó la campaña para hacer la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2024. En la pasada edición, y según los datos presentados por el Gobierno, más de 23.000.000 personas presentaron la declaración. Así, se prevé que este año la tendencia continúe al alza.

En este sentido, durante los próximos tres meses serán muchos los que consulten de arriba a abajo la web de la Agencia Tributaria para conocer al dedillo todos los detalles de este procedimiento. No obstante, y aunque para la mayoría de contribuyentes sea un procedimiento obligatorio, hay quien no tiene la necesidad de hacerla.

La Campaña de la Renta comenzará el 2 de abril y la fecha límite será el próximo 30 de junio. (Impulso 06)

¿Tengo que hacer la declaración de la Renta si cobro menos de 22.000 euros?

Según la normativa general del IRPF, los contribuyentes que obtengan rendimientos íntegros del trabajo por un total de hasta 22.000 euros anuales no tienen obligación de declarar. Sin embargo, si los ingresos provienen de más de un pagador, el límite desciende a 15.876 euros, siempre que la suma de los ingresos del segundo y de los demás pagadores supere los 1.500 euros. A pesar de no estar obligados, algunos contribuyentes pueden optar por presentar la declaración si desean recuperar las retenciones que se les han aplicado, aunque esto dependerá de su situación familiar.

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Lo primero que debe considerarse para saber si es conveniente realizar la declaración es el resultado final de la misma. Aunque no haya obligación de declarar, se puede consultar el borrador de la Renta para determinar si el saldo final será a pagar o a devolver. En muchos casos, la declaración puede resultar a devolver, especialmente si se ha producido una retención excesiva en la nómina o si el contribuyente tiene derecho a deducciones autonómicas o estatales. Estos factores pueden influir en la decisión de presentar la declaración, incluso cuando no es obligatorio.

Además, hay otros casos en los que, a pesar de no llegar al mínimo establecido por el umbral de renta, también hay que realizar la declaración de la Renta. En este sentido, los más habituales son los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV), los pensionistas que reciban varias pensiones y los trabajadores autónomos.

La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha defendido este miércoles una subida del salario mínimo interprofesional (SMI) de 50 euros al mes para 2025, lo que supondrá llevar esta renta mínima a los 1.184 euros al mes en 14 pagas.

Los contribuyentes que hayan experimentado pérdidas patrimoniales superiores o iguales a 500 euros anuales están obligados a presentar la declaración. Asimismo, aquellos titulares de inmuebles cuyos rendimientos del trabajo, actividades económicas o ganancias patrimoniales superen los 1.000 euros anuales también deberán cumplir con la obligación de presentar la declaración.

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Cuándo hay que entregar la declaración de la Renta: fechas clave

Quienes tengan que hacer este trámite deben tener en cuenta estas fechas:

  • 2 de abril hasta el 30 de junio de 2025: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2024.
  • 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2025: la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración de Renta 2024 por teléfono. Se podrá solicitar la cita desde el 29 de abril hasta el 27 de junio.
  • 2 de junio hasta el 30 de junio de 2025: la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración de Renta 2024 presencialmente en sus oficinas. Se podrá solicitar la cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio.

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