Qué hacer cuándo has heredado un coche: este es el trámite de la DGT que deberás pagar

Tráfico advierte que es importante realizar este procedimiento en un plazo razonable tras la aceptación de la herencia para evitar problemas legales

Subastas de coches embargados. (Adobe Stock)

Heredar un coche puede parecer una situación sencilla, pero implica cumplir con ciertos requisitos legales y administrativos especiales antes de poder utilizar el vehículo. Uno de los pasos más importantes es realizar el cambio de titularidad en la Dirección General de Tráfico (DGT), un trámite obligatorio que conlleva un coste económico.

El primer paso es recopilar todos los documentos requeridos para gestionar el cambio de titularidad. La DGT solicita el certificado de defunción del titular anterior, el testamento o la declaración de herederos, que confirme quién hereda el coche —previo acuerdo de todos los herederos del vehículo, has de ser designado como el heredero único del coche en cuestión— y el justificante de liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Este documento lo emite la comunidad autónoma correspondiente, y acredita que el impuesto ha sido pagado o que está exento. Además, se necesita la ficha técnica del vehículo, el permiso de circulación y el DNI del heredero.

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Pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales

Aunque el coche sea heredado y no comprado, deberás pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). La cuantía varía dependiendo de la comunidad autónoma, pero generalmente se calcula sobre el valor venal del vehículo según tablas oficiales. Este impuesto se abona en la Hacienda de la comunidad autónoma correspondiente.

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Cambio de titularidad en la DGT

El trámite del cambio de titularidad se realiza en las oficinas de la DGT y tiene un coste fijo. El precio en 2025 es de 55,70 euros para vehículos en general y 27,85 euros en el caso de ciclomotores. En el caso de los coches procedentes de Canarias, Ceuta, Melilla y Baleares tendrá un coste extra de 8,67 euros. Este importe corresponde a la tasa 1.2 de la DGT.

Puedes realizar el pago de esta tasa de forma telemática o en una entidad bancaria colaboradora antes de acudir a la cita. La DGT apunta que si el vehículo se encuentra en situación de baja temporal, antes de realizar el cambio de titularidad, el heredero que ha resultado adjudicatario del vehículo deberá solicitar el alta del vehículo.

Tráfico exige cita previa para todos sus trámites. Puedes solicitarla a través de su página web oficial o llamando al teléfono de atención al ciudadano. En la cita, deberás presentar todos los documentos mencionados y el justificante de pago de la tasa.

Revisar la ITV y seguro

Una vez completado el cambio de titularidad, lo recomendable es verificar que el vehículo cuenta con la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) vigente y contratar un seguro a nombre del nuevo titular. Sin estos requisitos, no podrás circular legalmente. Circular sin la ITV al día conlleva una sanción económica de 200 euros (100 euros por pronto pago), mientras que circular sin el seguro obligatorio puede ser sancionado con una multa que oscila entre los 601 euros y los 3.005 euros.

Es importante realizar estos trámites en un plazo razonable tras la aceptación de la herencia. Aunque la ley no establece un límite concreto, circular con un vehículo sin cambio de titularidad puede generar multas y problemas legales.

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