El Gobierno oficializó la ampliación del REPRO II: qué actividades se incluyeron y cuáles serán los montos para ayudar a pagar parte de los sueldos

La medida, que ya había sido anticipada por las autoridades nacionales, se hizo efectiva este sábado con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 266/2021. Qué pasará con los autónomos y monotributistas

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El Gobierno confirmó la ampliación del REPRO II, con ayudas de hasta 22 mil pesos por empleado (EFE)

Junto a las nuevas restricciones que comenzaron a regir desde este sábado, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial la Resolución 266/2021 que la ampliación del REPRO II, con ayudas de hasta 22 mil pesos por empleado para los sectores más afectados por la pandemia y monotributistas de determinados rubros.

El beneficio es parte de un paquete de medidas que fueron anunciadas por las autoridades nacionales con el objetivo de paliar los efectos del confinamiento, las cuales demandarán una inversión aproximada por parte del Estado de unos $52.000 millones.

Además del aumento en la asistencia para el pago de los salarios, también se espera una suba de los montos de la Tarjeta Alimentar, una mejora del Programa Progresar con becas para la terminación de la primaria y la secundaria, y modificaciones en el plan Potenciar Trabajo, entre otras iniciativas.

Puntualmente, el documento publicado este sábado, que lleva la firma del ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Claudio Moroni, plantea un incremento “transitorio” del salario complementario para trabajadores de los sectores críticos y de la salud, que pasará de $18.000 a $22.000 por trabajador, para los sueldos correspondientes a mayo.

La nueva norma también estableció una reducción del 100% de las contribuciones patronales destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Para acceder a esta ayuda, el empleador deberá demostrar que su facturación para el periodo comprendido entre el 1° y el 24 de mayo de 2021 y mayo de 2019 presentó una reducción superior al 20% en términos reales, pero ya no tendrá que presentar el balance correspondiente al último ejercicio.

El programa incorporó en esta oportunidad a varios sectores no esenciales (Erica Canepa/Bloomberg)

No obstante, el Gobierno aclaró que en caso de grave inconsistencia entre la información de facturación declarada en el formulario REPRO II y la obrante en el registro de la AFIP, “se exigirá la devolución de los montos de los beneficios otorgados”.

Por otra parte, se amplía el listado de actividades consideradas “críticas”, incorporando a los siguientes sectores:

-Comercio de rubros no esenciales (indumentaria, textiles, cuero, calzado, electrónica, electrodomésticos, muebles y vehículos, entre otros)

-Comercio de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación (por ejemplo, kioscos, panaderías, heladerías y estaciones de servicio)

-Centros de compra localizados en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

En el artículo 7, se creó además el “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos”, específicamente destinado al sector gastronómico y a los autónomos de muchos otros rubros, como hoteles, turismo y peluquerías, quienes también recibirán asistencia durante mayo.

La lista completa de los nuevos beneficiarios

A todos estos trabajadores, siempre que se encuentren “encuadrados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) o en el Régimen de Trabajo Autónomo”, también se les abonará “una suma dineraria de hasta $22.000″.

En estos casos, los solicitantes deberán “haber efectivizado al menos 2 pagos al régimen de trabajo independiente correspondiente en los últimos 6 meses previos” a realizar el trámite para acceder a la ayuda, o bien al menos uno, si aún no tienen esa cantidad de tiempo siendo monotributistas o autónomos.

De igual forma, tendrán que “presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el periodo comprendido entre el 1° al 24 de mayo de 2021 y mayo de 2019″, excepto que “la fecha de inscripción al régimen de trabajo independiente correspondiente sea posterior al 1° de enero de 2019″.

En caso de que tengan personal a su cargo, además de todo lo anterior será requisito “contar con una dotación de personal no superior a 5″ empleados en el mes anterior a la solicitud del beneficio y “no figurar en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL)”, entre otros puntos.

Por último, se aclaró que si estas personas también están dentro del plan “Apoyo Extraordinario Cultura Solidaria”, lo que se les pagará por el REPRO II “será el resultado de la diferencia” entre lo que le correspondería de los 22 mil pesos y lo que ya van a recibir de subsidio en junio próximo.

La demanda de asistencia del Estado para cumplir con el pago de sueldos viene aumentando en los últimos meses, tal como reflejó Infobae. En febrero habían sido unas 12.000 inscriptas, a las que se les terminó por adjudicar Repro a unas 10.000. Durante abril se anotaron unas 23.000, de las que fueron seleccionadas 13.600.

Por otra parte, mediante la Resolución 267/2021 el Gobierno también confirmó que el plazo para solicitar esta ayuda, ya sea en el marco del REPRO II o del denominado “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos”, comenzará este lunes 26 de mayo y finalizará “el 1° de junio de 2021, inclusive”.

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