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Presidente De la Espriella se pronunció tras la expedición del decreto sobre las protestas: “¡Se acabó la guachafita!"

El jefe de Estado aseguró que la determinación respeta y ofrece garantías para la protesta pacífica, pero no tolerará “la violencia, el vandalismo ni los bloqueos que atropellan los derechos de millones de ciudadanos”

Este fue el mensaje del presidente tras la firma del decreto 1525 de 2026 - crédito @ABDELAESPRIELLA/X

El presidente Abelardo de la Espriella confirmó la expedición del Decreto 1525 de 2026, una norma que, según explicó a través de sus redes sociales, busca “fortalecer las garantías de quienes se manifiestan pacíficamente y asegurar que las autoridades actúen, dentro del marco de la ley, frente a quienes pretendan sembrar el caos”.

“¡Cumplí mi palabra y aquí está el decreto! En Colombia se respeta la protesta pacífica, pero ¡no se toleran la violencia, el vandalismo ni los bloqueos que atropellan los derechos de millones de ciudadanos!“, escribió.

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De la Espriella señaló que en Colombia se debe proteger el derecho a la protesta y, a la par, cuestionó las acciones que afecten la movilidad y otros derechos ciudadanos.

“¡El derecho a protestar no está por encima del derecho a trabajar, estudiar, movilizarse y vivir en paz! A los ciudadanos que protestan pacíficamente, todas las garantías. A los violentos, todo el peso de la ley, con respeto por el debido proceso. ¡Se acabó la guachafita! ¡La protesta se respeta, pero la violencia no se tolera!”, reiteró.

La reforma mantiene la presunción de protesta pacífica y exige habilitar corredores solidarios para ambulancias y servicios esenciales - crédito @ABDELAESPRIELLA/x

El decreto plantea una respuesta ante bloqueos y actos violentos

El anuncio estuvo acompañado por un video en el que sostuvo que la medida modifica y adiciona el Decreto 003 de 2021. El mandatario aseguró que el Gobierno garantizará las manifestaciones pacíficas, porque “en Colombia se respeta el derecho a protestar, pero no existe el derecho a destruir, a bloquear, a atacar la fuerza pública, a agredir y, por supuesto, no existe el derecho a sembrar caos”, afirmó.

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También indicó que el decreto busca evitar afectaciones para quienes no participen de las movilizaciones. Mencionó, entre otros casos, que no permitirá “se bloqueen vías, que se impida el tránsito libre de los ciudadanos, que las ambulancias no puedan pasar, que los niños no puedan ir a la escuela, que los transportadores no puedan mover sus cargas”.

Los puestos de mando unificado tendrían mayor coordinación

De la Espriella afirmó que los hechos violentos serán documentados y remitidos a las autoridades competentes. Además, señaló que los puestos de mando unificado fortalecerán la coordinación entre la Policía, las Fuerzas Militares, las alcaldías, las gobernaciones y el Gobierno nacional.

Según explicó, el la medida facultará a las autoridades e instituciones para intervenir ante hechos que calificó como vandalismo y “terrorismo urbano disfrazado de protesta”.

La reforma establece cinco niveles de intervención: facilitación preventiva, diálogo, mediación institucional, disuasión y restablecimiento del orden. El paso entre cada etapa deberá quedar documentado y, para los niveles cuatro y cinco, se requerirá una orden de la primera autoridad de policía, salvo riesgo inminente para la vida o comisión de un delito, de acuerdo a lo expueso en el documento, que también firmó el ministro del Interior, Rodrigo Lara Restrepo.

A juicio del ministro de Justicia, Rodrigo Lara, que defendió el decreto de modificación, la protesta no puede estar ligada al vandalismo (- crédito Colprensa - EFE)

El decreto permite que la Policía intervenga en forma focalizada mientras se adelantan gestiones de diálogo cuando se detecten armas, explosivos, retenciones de personas, agresiones, ataques a misiones médicas o periodísticas, o daños a infraestructura.

La disposición aclara que la decisión no podrá basarse en el contenido de la convocatoria, los discursos de los manifestantes ni el uso de prendas que cubran el rostro.

El texto precisa que la obstrucción de una vía no convierte automáticamente una movilización en violenta. La disolución de una concentración solo podrá ordenarse ante una afectación grave y sostenida, sin alternativas menos lesivas, tras valorar factores como el paso de ambulancias, los servicios esenciales y la existencia de rutas alternas.

La medida impedirá que los protestantes usen prendas para cubrirse el rostro - crédito Luisa Gonzalez/Reuters

El decreto también ordena habilitar corredores solidarios para ambulancias, organismos de socorro, personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres gestantes, menores y transporte de medicamentos, alimentos e insumos hospitalarios.

Las alcaldías y gobernaciones deberán publicar, dentro de las 72 horas posteriores a una jornada con afectaciones, un balance sobre lesionados, daños, denuncias, capturas y actuaciones atribuidas a agentes del Estado.

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