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El Gobierno presentó documento de 56 páginas para pedir que levanten la suspensión de la aspersión con glufosinato en Putumayo

La defensa oficial busca reversar la medida cautelar que detuvo el piloto con glufosinato de amonio, e incorpora argumentos legales, estudios técnicos, registros sanitarios y mapas elaborados por varias entidades del Estado

El Gobierno de Abelardo de la Espriella presentó ante la Justicia un documento de 56 páginas para pedir que se levante la suspensión del plan piloto de aspersión aérea con glufosinato de amonio en Putumayo - crédito Imagen Ilustrativa Infobae

El Gobierno de Abelardo de la Espriella presentó un documento de 56 páginas con el que busca que la Justicia levante la suspensión sobre el plan piloto de aspersión aérea con glufosinato de amonio en Putumayo, una estrategia dirigida a combatir los cultivos de uso ilícito.

La respuesta reúne argumentos jurídicos, estudios técnicos, registros sanitarios y delimitaciones cartográficas para controvertir las tutelas que frenaron el mecanismo. El escrito fue elaborado por equipos de la Policía Nacional, el Ministerio de Defensa, la Presidencia, el Ministerio de Justicia y el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), según informó El Tiempo, que tuvo acceso al documento.

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El 11 de septiembre de 2026, el Juzgado Tercero Promiscuo de Puerto Asís ordenó suspender de forma provisional el plan piloto autorizado por la Resolución 007 de 2026. El despacho advirtió que no existía información suficiente para anticipar las consecuencias del herbicida sobre el ambiente y las comunidades de esa zona del sur de Colombia.

El Gobierno sostiene que el piloto todavía no comenzó

La principal línea de defensa del Ejecutivo apunta a que no hay una afectación concreta de derechos fundamentales, pues el plan no ha empezado y tampoco existe una fecha definida para su ejecución.

Según la respuesta oficial, la realización del piloto depende de requisitos, controles y pronunciamientos previos de las autoridades competentes. El Gobierno plantea que la tutela no acredita un perjuicio urgente ni un daño desproporcionado que justifique mantener la medida cautelar.

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El Juzgado Tercero Promiscuo de Puerto Asís suspendió de forma provisional el plan piloto al considerar que no había información suficiente sobre los efectos del herbicida en el ambiente y las comunidades - crédito Colprensa

Las entidades también argumentaron que el mecanismo fue diseñado con fases de evaluación, prevención, manejo, mitigación, seguimiento y control. Bajo ese criterio, la suspensión anticipada impediría obtener información adicional sobre el uso del producto en condiciones limitadas y monitoreadas.

“El hecho de que existan aspectos que requieren una mayor evaluación no implica necesariamente bloquear el instrumento creado precisamente para recoger esa información”, señala el escrito citado por el diario colombiano.

Solo 5.401 hectáreas podrían entrar en el plan de aspersión

El documento incluye una de las principales pruebas con las que el Gobierno pretende responder a las advertencias sobre una posible afectación de comunidades étnicas, zonas protegidas y cultivos lícitos.

La Dirección Antinarcóticos de la Policía Nacional (Diran) delimitó las áreas que podrían ser objeto de intervención. Aunque Putumayo concentra hasta 40.565 hectáreas de hoja de coca, solo 5.401 hectáreas serían aptas para la aspersión aérea, de acuerdo con la información expuesta en la respuesta judicial.

La delimitación excluye resguardos indígenas, consejos comunitarios, Parques Nacionales Naturales, áreas con pretensiones étnicas, zonas afectadas por decisiones judiciales y sectores sometidos a restricciones del Plan de Manejo Ambiental.

El Gobierno sostiene que el plan de aspersión aérea con glufosinato de amonio no ha comenzado y que la tutela no demuestra una afectación concreta de derechos fundamentales - crédito Presidencia

Para elaborar esa cartografía, la Diran solicitó información actualizada de los programas de sustitución y desarrollo alternativo Pnis y RenHacemos. También requirió insumos a la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa y a la Agencia Nacional de Tierras.

La Resolución 007 de 2026, según el Gobierno, contempla salvaguardas para resguardos, territorios colectivos, asentamientos, zonas campesinas, áreas de tránsito tradicional y sitios sagrados de pueblos indígenas, negros, afrocolombianos, raizales, palenqueros y Rrom.

El registro ante el ICA y las autorizaciones de la Anla

Otra de las pruebas centrales se relaciona con la existencia de antecedentes regulatorios para el glufosinato de amonio. El Gobierno sostiene que no hay un vacío absoluto de conocimiento científico sobre ese herbicida ni sobre sus usos agrícolas.

El producto cuenta con un registro nacional ante el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) desde el 1 de octubre de 2015. Ese permiso tiene vigencia indefinida y fue actualizado en julio de 2026, según el documento.

Además, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla) autorizó el uso del producto mediante las resoluciones 0766 de 2015 y 0855 de 2016 para el control de plagas en cultivos de arroz, con aplicaciones desde vías terrestres.

Los demandantes cuestionan que las autoridades pretendan comprobar los impactos de un herbicida nuevo directamente sobre el territorio de Putumayo. También exigen pruebas científicas objetivas, independientes y rigurosas que descarten efectos sobre la salud humana, fuentes hídricas, cultivos lícitos, biodiversidad y polinizadores como las abejas.

El Gobierno argumenta que el glufosinato de amonio tiene registro ante el ICA desde 2015 y autorizaciones de la Anla para usos agrícolas en cultivos de arroz - crédito Imagen Ilustrativa Infobae

La divulgación pública figura entre las condiciones del piloto

El Gobierno afirmó que la resolución incorpora mecanismos de participación y divulgación antes de cualquier operación. La Diran deberá publicar durante cinco días en su sitio web las condiciones generales del piloto, su alcance limitado y las características del glufosinato.

Las entidades también sostuvieron reuniones con la Gobernación de Putumayo y las alcaldías de Orito, Puerto Asís, Puerto Guzmán y Valle del Guamuez para intercambiar información sobre la estrategia.

En su respuesta, el Ejecutivo advirtió que las restricciones judiciales podrían producir un efecto contrario al buscado si algunos territorios son percibidos como zonas donde determinadas formas de intervención estatal no pueden aplicarse. Según esa tesis, esa situación podría incentivar el traslado de cultivos ilícitos hacia esos sectores.

La decisión sobre la suspensión provisional queda ahora en manos del Juzgado Tercero Promiscuo de Puerto Asís, que deberá valorar los argumentos y los soportes presentados por las entidades del Gobierno.

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