La posesión del presidente electo Abelardo de la Espriella, que debería llevarse a cabo el viernes 7 de agosto, está en la mira de un exmagistrado del Consejo Nacional Electoral (CNE), afín al actual mandatario, Gustavo Petro. Luis Guillermo Pérez, que también es exsuperintendente del Subsidio Familiar, compartió en sus redes sociales parte de la acción de nulidad que radicó ante el Consejo de Estado contra la elección del abogado.
En el documento, fechado con el 7 de julio, solicitó al alto tribunal la suspensión inmediata de la ceremonia de posesión, debido a que el mandatario entrante no cumplió con el ordenamiento jurídico para tal fin. Para este recurso, Pérez dijo que cuenta con el respaldo de más de un millón de ciudadanos, que firmaron como coadyuvantes en apoyo a la demanda interpuesta contra el gobernante, pese al aval entregado por el CNE.
Desde la presentación formal del recurso, el accionante informó que la acción tiene como medida cautelar que el Consejo de Estado suspenda la posesión de De la Espriella, mientras estudia la validez de la elección presidencial, que según él fue fraudulenta. De esta forma, la demanda solicitó la nulidad de la resolución E-3181, por la cual el CNE declaró la elección del jurista como presidente para el periodo 2026-2030.
PUBLICIDAD
“Suspender la posesión de Abelardo Gabriel de la Espriella Otero como Presidente de la República, ante el Presidente del Congreso prevista para el próximo 7 de agosto”, se leyó de manera textual en el apartado de las primeras 10 páginas del documento en mención, que en su perfil de X publicó Pérez y que causaron revuelo por la manera en que se desconoce lo dispuesto por las autoridades electorales en Colombia.
Los motivos por los que la elección de Abelardo de la Espriella fue demandada: violencia política y nacionalidad
El recurso judicial se estructura en dos cargos principales. El primero de ellos, según se consignó en el documento, denuncia una “afectación de la libertad del sufragio y de las garantías del debate democrático mediante una estrategia sistemática de violencia política, estigmatización, intimidación, desinformación y apropiación de símbolos nacionales”, por parte del entonces aspirante del movimiento Defensores de la Patria.
Según la demanda, la campaña presidencial de De la Espriella habría sobrepasado los límites del debate democrático y habría incurrido en violencia psicológica sobre los electores. Mientras que el segundo cargo apunta a la “incompatibilidad absoluta” del abogado para ejercer la presidencia, debido a su nacionalidad estadounidense, a la cual según se agregó no ha renunciado, pese a que ocupará la dignidad más alta.
PUBLICIDAD
Para Luis Guillermo Pérez, esto implicaría la renuncia expresa y voluntaria a toda lealtad hacia Colombia, violando los requisitos constitucionales de “ciudadano en ejercicio” y la lealtad exclusiva al Estado colombiano, además de comprometer el mandato presidencial de defensa de la soberanía nacional. Este ha sido un argumento que ha estado en medio de la discusión jurídica sobre si inhabilitaría o no a De la Espriella.
Por otro lado, en la acción de nulidad se precisó que la campaña de De la Espriella utilizó símbolos nacionales y promovió una narrativa de confrontación permanente. El texto señaló que se difundieron mensajes orientados a “cuestionar la legitimidad de determinados sectores del electorado y la utilización reiterada de expresiones de estigmatización e intimidación dentro del debate público”.
En ese sentido, se advirtió que el discurso de la campaña superó “el margen legítimo del debate” y se convirtió en una estrategia de incitación al odio. “El análisis del presente cargo no parte de la premisa según la cual toda expresión o vehemente dentro del debate político constituye, por sí sola, una irregularidad electoral”, se indicó en la demanda radicada ante el alto tribunal, que pretende frenar la posesión.
PUBLICIDAD
Y se agregó en la acción que existen límites cuando la actividad proselitista “rebasa los márgenes del debate democrático de las ideas y se convierte en una estrategia de estigmatización, intimidación, incitación al odio que incorpora mecanismos de violencia psicológica y deslegitimación con consecuencias directas sobre la libertad e igualdad del sufragante”. En este caso, se acotó, estos límites fueron violados por el candidato.
Las expresiones por las que buscan que el Consejo de Estado investigue elección de Abelardo de la Espriella
En el expediente, Pérez incluyó fragmentos de declaraciones públicas de De la Espriella durante la campaña. El texto recoge expresiones como “destripar”, “extirpar” y “dar de baja” a sectores políticos opositores, calificándolos de “delincuentes”, “bandidos” y “cáncer” que debía ser eliminado, lo que generó, según él, un clima de miedo, hostigamiento psicológico y coacción sobre un sector importante del electorado”.
Incluso, en la demanda se hizo referencia al exterminio de la Unión Patriótica (UP), reconocido judicialmente como genocidio político en Colombia. “La propaganda basada en la deshumanización, estigmatización y amenaza de exterminio, como la desarrollada por el demandado, ha tenido como efecto la exclusión violenta de sectores opositores del proceso democrático”, destacó el demandante.
PUBLICIDAD
A su vez, el recurso judicial cita ejemplos internacionales como la propaganda nazi, la radio del odio en Ruanda y la guerra de Bosnia para fundamentar el riesgo que representan los discursos de odio en procesos democráticos, para lo cual se transcribió una cita del hoy mandatario electo, en la que De la Espriella valora la gestión del primer ministro israelí Benjamin Netanyahu en el conflicto con Palestina en la Franja de Gaza.
La acción de nulidad también incluye antecedentes de 2025, cuando De la Espriella era precandidato. “Y sepan bien, señores de la izquierda, que en mí tendrán siempre un enemigo acérrimo que hará todo lo que esté a su alcance para destriparlos como corresponde (...) para erradicar ese cáncer que es la izquierda radical”, fue la frase del abogado que fue relacionada para justificar la acción de nulidad.
Por estas afirmaciones, Pérez interpuso una denuncia penal por los presuntos delitos de apología del genocidio y hostigamiento. “La izquierda es una plaga que está carcomiendo nuestro país. Patriotas, el momento de recuperar Colombia ha llegado”, fue otra de las frases reencauchadas en la acción de nulidad, que tiene como fin evitar que el jurista se posesione como el sexagésimo segundo presidente en la historia del país.
PUBLICIDAD
En síntesis, la demanda invoca normas nacionales como el artículo 275 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, así como los artículos 103 y 258 de la Constitución de Colombia. Y también refiere instrumentos internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, a la cual ha acudido Petro en el pasado.
Con esto, será el Consejo de Estado el que debe decidir si admite la medida cautelar para suspender la posesión de Abelardo de la Espriella, o da vía libre para que siga conforme a lo establecido, de la que se ha sabido que se llevaría a cabo en una guarnición militar, con la presencia del Congreso en pleno; aunque todavía no ha quedado claro en qué zona del territorio nacional se llevaría a cabo la misma.