El Gobierno Petro perdió otros $5 billones: Consejo de Estado suspendió decreto que pretendía trasladar el dinero desde los fondos privados a Colpensiones

La decisión judicial anula las normativas que permitían el traspaso hacia la entidad pública

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La Sección Segunda del Consejo de Estado amplió la medida cautelar inicial sobre el Decreto 415 de 2026 - crédito Luis Jaime Acosta/Reuters

El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el decreto que facilitaba el traslado automático de ahorros pensionales desde las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) a Colpensiones, deteniendo así uno de los ejes centrales de la reforma pensional impulsada por el Gobierno nacional.

El documento fue expedido el lunes 11 de mayo de 2026 por la Sección Segunda del alto tribunal, bloqueando así el movimiento previsto de cerca de 5 billones de pesos en las siguientes semanas, según lo estipulado en la normativa sancionada por el presidente Gustavo Petro.

Esto amplió la medida cautelar dictada el 28 de abril, fecha en la que ya se había frenado de forma parcial el Decreto 415 de 2026, según informó el propio Consejo de Estado. Al extenderse la suspensión, quedan sin efecto las normativas que aún permitían el traslado de esos recursos.

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La ilustración muestra la decisión del Consejo de Estado de suspender el traslado de 25 billones de pesos a Colpensiones, simbolizado por billetes bloqueados por una "X" roja. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El decreto impulsado por el Gobierno establecía la obligación para las AFP de transferir a Colpensiones los fondos de trabajadores que optaron por la “ventana de traslado” incluida en la reciente reforma del sistema, en plazos mínimos de 15, 20 y 30 días.

La suspensión siembra incertidumbre entre los millones de cotizantes y el sector financiero por el futuro inmediato del sistema jubilatorio colombiano.

Detalles de la suspensión

El tribunal explicó que la decisión fue motivada por los plazos “particularmente breves y perentorios” establecidos por el Ejecutivo en el decreto, que ordenaba la movilización de los fondos en apenas entre diez y veinte días. De haberse concretado, advirtió que se generaría un movimiento patrimonial masivo e irreversible, afectando la trazabilidad de los ahorros antes de que la justicia resuelva definitivamente el caso.

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La suspensión se basa, en gran medida, en que el Gobierno desbordó su potestad reglamentaria al modificar, mediante decreto, la destinación de recursos que solo pueden ser alterados por el Congreso de la República y no por el Ejecutivo, como establece la Constitución.

- crédito Suministrado

El Consejo de Estado argumentó que la norma gubernamental pretendía sustituir la voluntad legislativa y ordenó el traslado inmediato a Colpensiones, contraviniendo la reforma pensional que exige mantener los recursos en las AFP hasta el cumplimiento de los requisitos para pensionarse.

“Así las cosas, este despacho advierte, desde una perspectiva preliminar, que el Decreto 415 de 2026 excedió la facultad reglamentaria del gobierno nacional, en la medida en que no solo desatendió la voluntad del legislador en relación con la destinación específica de los recursos de las cuentas de ahorro individual, sino que además estableció, por vía reglamentaria, una destinación distinta que inobservó el contexto del cual emanó el propio artículo 76, reglamentado”, se lee en el fallo judicial.

Asofondos, el gremio del sector, reaccionó desde el inicio considerando la norma “abiertamente ilegal” y contraria al marco jurídico vigente. La asociación advirtió que la transferencia representaba un riesgo para el ahorro de los afiliados y podía afectar la estabilidad financiera.

- crédito Suministrado

El impacto financiero de la medida fue otro punto advertido por el Consejo de Estado. La disposición de transferir $25 billones en lapsos tan cortos implicaba una venta acelerada de Títulos de Tesorería (TES), lo que podría distorsionar el mercado de deuda pública y elevar el costo de financiamiento estatal.

El tribunal determinó que convertir un activo de ahorro individual en un recurso para pagar obligaciones corrientes del sistema público, mediante decreto, podría acarrear riesgos fiscales y disminuir el valor patrimonial de los afiliados.

En ese sentido, el bloqueo al traslado estipula que los $25 billones permanecerán en las cuentas individuales de las AFP hasta que se produzca un fallo definitivo sobre la constitucionalidad de la reforma pensional, actualmente bajo revisión de la Corte Constitucional, o hasta que el Congreso establezca una nueva regulación.

- crédito Suministrado

Mientras tanto, el Consejo de Estado tramitará los recursos interpuestos por instituciones como Colpensiones, el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, quienes habían apelado la suspensión parcial previa.

El tribunal también comunicó que analizará otras solicitudes de acumulación de demandas relacionadas con el mismo decreto y pospuso la decisión sobre la vinculación de otros actores procesales.

El presidente de Colombia, Gustavo Petro, presenta el documento de la reforma pensional, con la firma presidencial, este martes a la Plaza de Bolívar, en Bogotá (Colombia). EFE/ Mauricio Dueñas Castañeda

Por el momento, la reforma pensional permanece bajo revisión de la Corte Constitucional, que ya suspendió parcialmente la Ley 2381 de 2024 por vicios de trámite, aunque mantuvo vigente el artículo 76 —precisamente el que regula la ventana de traslado en cuestión—.

Varios demandantes han enfatizado que proceder con movimientos de recursos de esta magnitud, antes de que se resuelva la constitucionalidad de la reforma, podría tener consecuencias difíciles de revertir.

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