El aumento del salario mínimo en Colombia para 2026, fijado por decreto en un 23,7%, elevó la remuneración básica a $1.750.905. La cifra, sumada a un auxilio de transporte de $249.095, eleva el ingreso mensual total a $2.000.000 para los trabajadores perciben el salario mínimo legal.
La decisión tiene consecuencias directas para 2.400.000 trabajadores formales, pero también repercute en más de 10 millones de trabajadores informales, pensionados y pequeñas y medianas empresas (pymes). La Ley 278 de 1996, exige que los aumentos respondan a variables como la inflación, el crecimiento económico y la productividad, algo que esta vez no se tuvo en cuenta.
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El decreto establece un nuevo salario mínimo y auxilio de transporte, llegando a ese monto global. El incremento del 23,7% destaca frente a la inflación registrada al cierre de noviembre de 2025, de 5,30%. El marco legal obliga a que la definición del salario mínimo disponga de argumentos técnicos relacionados con la inflación real y proyectada, la productividad laboral y el avance del Producto Interno Bruto (PIB), así como la incidencia de los salarios en el ingreso nacional.
La ausencia de una sustentación clara derivó en demandas judiciales que solicitan la posible anulación del decreto por “falsa motivación”. Hay un antecedente de hace varios años. En 2017, el Consejo de Estado declaró la nulidad del decreto que incrementó el salario mínimo en 2016 por no explicar de manera suficiente el peso de variables como la inflación y la productividad. Esa decisión recalcó que es esencial que las motivaciones de los incrementos salariales sean comprensibles para la ciudadanía, aunque los salarios ya abonados no fueron retroactivamente modificados.
Ahora, hay incertidumbre por demandas promovidas por personajes como el candidato a la Cámara de Representantes Josías Fiesco, del Centro Democrático, que señaló la ausencia de justificación técnica suficiente y alertó sobre la inseguridad jurídica que esto supone para empleadores y empleados.
Qué dijo el exministro al que le tumbaron el decreto del aumento del salario mínimo de 2016
Precisamente, uno de los ministros que firmó el decreto tumbado en 2017 se refirió al nuevo aumento y alertó sobre las pensiones y la informalidad laboral. “Hay regocijo en 2.400.000 trabajadores con justa razón. Ese aumento de 23,7% no es cualquier cosa. A 2.400.000 trabajadores se les reconoce el concepto de que el ingreso debe ser por familia y no individual, es lo que llamo salario mínimo vital. Vital para la familia y no individualiza a cada uno de los componentes de esa misma familia”, expresó Luis Eduardo Garzón, exministro del Trabajo y firmante del decreto.
Pero Garzón advirtió que “más de diez millones de colombianos están por debajo del salario mínimo. Hay que desarrollar con mucha iniciativa la formalización de esos diez millones para que tengan la posibilidad de acceder a este regocijo que encontramos en un sector muy importante de la población.”
Sobre los pensionados, Garzón fue claro y dijo que “este aumento no toca a los pensionados. Los pensionados van a recibir 5,2%; los que tienen más de dos salarios mínimos, estamos hablando de 18,5% de diferencia”. Lamentó que “van a tener un efecto negativo en su ingreso. El ingreso de los pensionados sube por escalera de madera mientras que el salario mínimo sube por ascensor.” Para él, este grupo resulta “damnificado en esta etapa”, con relación a la evolución del poder adquisitivo.
La situación de las pymes tampoco pasa inadvertida para Garzón. Puntualizó que se debe tener cuidado con que genere desempleo o mayor informalidad, o se hagan cosas que no tienen que hacerse desde el punto de vista legal. Además, que debe haber un control para que no “boten” la gente, para que no busquen alternativas diferentes a pagar este salario mínimo y que no “informalicen” más los escenarios posibles.
Sobre las convenciones colectivas, señaló que la Convención Colectiva del Acueducto y la Convención Colectiva de Energía de Bogotá tienen el aumento de salario mínimo, que en este caso es 23,72%, puntos por encima de la inflación. “Muchas convenciones van a estar beneficiadas, pero también hay que ver con qué se va a pagar esa plata. ¿Con aumento de tarifas? ¿Con una situación difícil?”. Enfatiza además sobre empresas del Estado: “La energía viene subiendo. Hay que ver para que eso no produzca una situación difícil en las empresas del estado”, cuestionó el exfuncionario.
Crisis institucional en la concertación
El exministro apunta a la crisis institucional en la concertación tripartita. “Me parece lamentable que no haya sido concertado. Todos hemos tenido momentos en que no ha habido concertación, pero este momento sí, la Comisión de Concertación hizo implosión. Es una implosión porque el próximo año, en diciembre, se parte de aumentos ya no sobre la histórica manera de generar este tipo de acuerdos”, añadió.
Garzón insiste en la necesidad de reactivar el diálogo social. “Yo sí creo que hay que recuperar mucho el acuerdo. Hay que buscar que los empresarios no volverlos parte de la enemistad, parte del enemigo. Esto es mirando todos a ver cómo el capital crece y todos nos beneficiamos de ese capital”, agregó.
Efecto negativo en las pensiones
El efecto negativo en pensiones continúa siendo una preocupación. Garzón profundizó que hay una población que definitivamente tiene que tener una vocería, una expresión.
“Por ahora, el aumento de nuestra pensión, todos los pensionados, va a ser 5,2%, porque es lo que significa la inflación. Y el salario mínimo es 23,7%. quiere decir 18,5% de diferencia. ¿Usted se imagina cómo está perdiendo poder adquisitivo esas pensiones? Las pensiones de más de un salario mínimo, incluso las que están cerca del salario mínimo, son cooptadas por el salario mínimo", cuestionó. Remarcó que “se necesita que, por lo menos, el ascensor con que está subiendo el salario mínimo, que nos parece gratificante, suba también las pensiones”
Por qué se cayó el decreto del aumento del salario mínimo de 2016
Por su parte, Mauricio Cárdenas, exministro de Hacienda durante la anulación del decreto de 2016, ofreció una perspectiva sobre las consecuencias jurídicas.
Dijo a Blu Radio que “se cayó después por un tema de forma, procedimiento, quizás, y que fue inocuo, es decir, que no tuvo ninguna implicación, porque el aumento que se había decretado, pues se decretó en diciembre y aplicó para todo el año siguiente.”
Cárdenas enfatizó en la ausencia de cambios prácticos para los trabajadores tras la anulación judicial. “No hubo ningún momento en el que el Consejo de Estado dijera: ‘Esto que estableció el Gobierno no es válido, hay que revisarlo, hay que reducirlo, hay que subirlo’. Nunca, nunca pasó eso.”