La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) publicó el calendario tributario 2026 en su sitio web, estableciendo las principales fechas de declaración y pago para los diferentes impuestos y retenciones en Colombia.
El documento oficial detalla los plazos organizados por tipo de obligación y segmentados según el último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT), con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones por parte de contribuyentes, empresas y agentes de retención.
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El calendario de la Dian para 2026 especifica los vencimientos para impuestos como el Impuesto sobre la Renta, Impuesto sobre las Ventas (IVA), impuesto al consumo, retención en la fuente y tributos relacionados con combustibles, carbono, productos plásticos de un solo uso, bebidas azucaradas y comestibles ultraprocesados.
También se incluyen las obligaciones de quienes pertenecen al Régimen Simple de Tributación (RST), las reglas para el reporte de activos en el exterior y los plazos para la entrega de información sobre precios de transferencia. La publicación busca ofrecer claridad y previsibilidad a los contribuyentes, permitiendo una adecuada planeación financiera y el cumplimiento a tiempo de los compromisos fiscales.
Para los grandes contribuyentes, la Dian estableció que la declaración y pago del impuesto sobre la renta y complementarios, así como la cancelación de las tres cuotas correspondientes, deberán cumplirse en los meses de febrero, abril y junio, de acuerdo con el último dígito del NIT.
Las personas jurídicas deberán pagar la primera cuota en mayo y la segunda en julio, mientras que para las personas naturales el periodo de declaración y pago se distribuirá entre septiembre y octubre, según la numeración asignada y detallada en el calendario, que especifica los días exactos para cada rango de NIT.
El documento oficial también define los plazos para la retención en la fuente, que deberá declararse y pagarse mensualmente, con días diferenciados en función del último dígito del NIT. Esta medida busca escalonar las obligaciones y evitar congestiones en el sistema tributario.
En cuanto al IVA, el calendario prevé pagos bimestrales, cuatrimestrales o mensuales según el tipo de contribuyente, con fechas de vencimiento específicas para los periodos enero-febrero, marzo-abril, mayo-junio, julio-agosto, septiembre-octubre y noviembre-diciembre. Además, los prestadores de servicios desde el exterior cuentan con fechas de referencia para presentar sus declaraciones.
Respecto al impuesto al consumo, las fechas de declaración y pago coinciden con las del IVA bimestral. Para el impuesto al carbono, la Dian establece seis periodos de declaración y pago distribuidos a lo largo del año, mientras que para los productos plásticos de un solo uso y las bebidas ultraprocesadas azucaradas se prevén pagos bimestrales, adaptando las obligaciones a la dinámica de cada sector.
Un apartado relevante del calendario es el relacionado con los informes de precios de transferencia y la documentación comprobatoria, cuyo plazo de presentación vence en septiembre. En el caso de las declaraciones de activos en el exterior, los plazos coinciden con los ya establecidos para los diferentes tipos de renta: grandes contribuyentes, personas jurídicas, personas naturales y RST.
En cuanto al impuesto al patrimonio, el calendario divide el pago en dos cuotas: la primera vence en mayo y la segunda en septiembre. Se mantienen, además, las reglas para la actualización del Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB), procedimiento que debe cumplirse en febrero, mayo, agosto y noviembre, también según el último dígito del NIT.
Fechas clave del Calendario Tributario 2026
El detalle de los plazos para la declaración y pago de la renta de personas naturales se segmenta de acuerdo con el último dígito del NIT en tres grupos principales:
- Los vencimientos de agosto comprenden los días 12, 13, 14, 18, 19, 20, 21, 24, 25, 26, 27, 28 y 31
- Los de septiembre incluyen los días 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9, 10, 11, 14, 15, 16, 17, 18, 21, 22, 23, 24 y 28
- Para octubre, los días asignados son 6, 7, 8, 9, 10, 13, 14, 15, 16, 19, 20, 21, 22, 23 y 26.
En relación con el IVA bimestral, los plazos para la presentación y pago de la obligación incluyen:
- Hasta marzo, los días 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 24
- Hasta mayo, los días 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 23
- Hasta julio, los días 9, 10, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22
- Hasta septiembre, los días 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 23
- Hasta noviembre, los días 9, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 23 y 24
- Hasta enero de 2027, los días 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 25 y 26.
Para el IVA cuatrimestral, los periodos de declaración y pago vencen en
- Mayo (días 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 25)
- Septiembre (días 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 22)
- Enero de 2027 (días 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 25 y 26).
Las fechas para la retención en la fuente también se organizan mensualmente de acuerdo con el último dígito del NIT. Por ejemplo, para la obligación correspondiente a enero, el vencimiento será en febrero, con los días 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 23
En marzo (por el periodo de febrero), los días 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 24; en abril (por marzo), los días 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23; y así sucesivamente hasta enero de 2027, donde los días de vencimiento serán 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 25 y 26.
Toda la información detallada y los cuadros de vencimientos pueden consultarse en el documento oficial disponible en la página de la Dian, donde se exponen los plazos específicos para cada obligación tributaria del año 2026.