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Prima navideña, ¿pueden descontarle salud y pensión?, esto dice Función Pública

La Función Pública respondió inquietudes sobre la prima de servicios que miles de colombianos con contratos formales recibirán en los próximos días

Comprobante de pago de la prima de servicios sin descuentos de salud ni pensión, según la normativa vigente en Colombia - crédito Freepik

En diciembre, la llegada de la prima de servicios representa uno de los ingresos más esperados para quienes tienen un contrato laboral formal en Colombia.

Esta prestación consiste en el pago de un mes de salario por cada año de trabajo, distribuido en dos cuotas semestrales: una en julio y otra en diciembre.

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El monto recibido se destina en muchos casos a gastos propios de la temporada, como la compra de obsequios o la preparación de celebraciones familiares.

Ante la expectativa por este ingreso, la Función Pública ha registrado numerosas consultas sobre la posibilidad de aplicar descuentos de salud y pensión a la prima.

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El RAD del 10 de julio de 2020 resuelve esa inquietud y precisa en un concepto oficial: “La prima de servicio no constituye como factor salarial para realizar los descuentos de salud, pensión y riesgos laborales”.

Lo anterior significa que tal pago no debe sufrir reducciones, ni total ni parcialmente, por conceptos relacionados con la seguridad social.

La única base válida para calcular valores descontados por salud y pensión corresponde al salario mensual básico.

El pago de la prima navideña corresponde a un ingreso adicional que reciben trabajadores formales en Colombia sin descuentos de salud ni pensión - crédito Freepik

En ese contexto, para recibir la prima completa, el trabajador debe figurar en la planta con contrato formal y con todas las prestaciones de ley, ya que esta obligación corresponde tanto a entidades nacionales como territoriales.

El valor pagado en diciembre equivale a la mitad del salario mensual, si se trata de la cuota correspondiente a este periodo semestral.

Por ejemplo, en el caso de un contrato donde la remuneración corresponde a un salario mínimo mensual legal vigente (Smmlv), que para 2025 se estima en $1.423.500, el cálculo se realiza con base en los quince días laborados.

El procedimiento señalado en las normas establece partir el salario por la mitad:

$1.423.500 / 2 = $711.750.

Este monto corresponde a la cuota de prima que debe recibir el trabajador que haya laborado el año completo con un salario base equivalente al mínimo.

Sin embargo, el pago de la prima de servicios no exige que el trabajador complete un año entero de labores.

La prima de servicios debe liquidarse y pagarse completa, según indica la normativa colombiana para empleados públicos y privados - crédito Puntodollar

Cuando el contrato no cubre el periodo completo, la prima se liquida de manera proporcional al tiempo trabajado hasta el 31 de diciembre.

La fórmula habitual para calcular la prima proporcional en Colombia es:

(Días trabajados x salario mensual) / 360

Por ejemplo, si un trabajador inició labores el 1° de agosto de 2025 con un salario mínimo de $1.623.500 y para el 31 de diciembre sumó 153 días de trabajo, el cálculo sería:

(153 x $1.623.500) / 360 = $689.967

El propósito de la prima de servicios reside en brindar un apoyo económico extraordinario al trabajador, alineado con las dinámicas de gasto que acompañan las fiestas de fin de año y otras necesidades familiares.

El empleador está obligado a reconocer ese derecho de manera completa, como lo establece la regulación vigente.

Frente a inquietudes en el proceso de liquidación, la Función Pública recomienda revisar cada comprobante de pago y contrastar que no se incluyan deducciones de seguridad social sobre el monto liquidado por concepto de prima.

En caso de detectar irregularidades en los descuentos, el trabajador puede acudir a instancias como el área de talento humano de la entidad o, de ser necesario, radicar reclamos ante el Ministerio de Trabajo.

Una prestación social obligatoria para todos los trabajadores que tienen un contrato laboral, tanto en el sector privado como en el sector público cuando existe una vinculación formal.

El cálculo de la prima navideña se realiza con base en el salario y el tiempo laborado durante el semestre correspondiente - crédito Freepik

La ley establece que este pago se entrega en dos cuotas: la primera antes del 30 de junio y la segunda a más tardar el 20 de diciembre de cada año.

Este beneficio no aplica para las personas que trabajan mediante contratos de prestación de servicios, pues esa modalidad no genera prestaciones sociales.

Este pago es clave para las compras de Navidad y Año Nuevo, pero también se recomienda ahorrar para iniciar el 2026, donde se reactivan varios gastos.

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