Vicky Dávila llamó “valientes” a los magistrados del Consejo de Estado que suspendieron el ‘decretazo’ de Gustavo Petro

La precandidata presidencial, exdirectora de un medio de comunicación, aplaudió la decisión de los magistrados de la Sección Quinta del alto tribunal, que decidieron dejar sin efectos lo dispuesto en el Decreto 0639 de 2025, firmado el 11 de junio por el presidente de la República

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Vicky Dávila celebró decisión del Consejo de Estado, que suspendió de manera provisional los efectos del 'decretazo' - crédito Fernando Vergara/AP/Colprensa

Con un pronunciamiento que desató fuertes reacciones entre los sectores de oposición, la periodista y precandidata presidencial Vicky Dávila expresó el miércoles 18 de junio de 2025 su respaldo a la decisión tomada por el Consejo de Estado, que suspendió de manera provisional el Decreto 0639 de 2025, con el que el presidente de la República, Gustavo Petro, pretendía convocar a una consulta popular que impulsara su planteada reforma laboral.

En su pronunciamiento, Dávila indicó la importancia de la medida y elogió el actuar de los magistrados, a quienes describió como defensores de la democracia y el Estado de derecho. “El Consejo de Estado frenó el decretazo que convocaba la consulta populista sin el aval del Senado y, peor aún, cuando este votó no. Los magistrados no se dejaron intimidar ni amenazar”, expresó la aspirante al primer cargo de la nación, a través de sus redes sociales.

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La comunicadora insistió en que la decisión evidencia la labor de control de las diferentes instituciones y sostuvo que la determinación del alto tribunal, que admitió la demanda interpuesta por el presidente del Congreso, Efraín Cepeda, desmonta lo que denominó como la “teoría del bloqueo institucional”. Una postura que, según la comunicadora, carece de sustento, pues las reformas han avanzado en el Congreso y la Corte Constitucional ha ejercido sus competencias.

La precandidata presidencial se expresó en sus redes sociales frente a lo dispuesto por la Sección Quinta del alto tribunal, que suspendió los efectos del decreto de la consulta popular - crédito @VickyDavilaH/X

En su determinación, la Sección Quinta del Consejo de Estado estudiará en profundidad el recurso jurídico que busca la nulidad del referido decreto, al argumentar que se trata de un acto de carácter electoral expedido por una autoridad nacional, al implementar un mecanismo de participación ciudadana como la consulta popular, y que, por ende, cuenta con competencia para conocer de este tipo de acciones.

Lo anterior, conforme a lo estipulado en el artículo 149.1 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Cpaca) y el artículo 13 del Acuerdo 80 de 2019, modificado posteriormente en 2024, en una decisión que fue adoptada con medida cautelar de urgencia, que impide que Petro lleve a cabo la consulta hasta que se tome una decisión de fondo, y que también está soportada en el artículo 234 de la Ley 1437 de 2011.

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Así pues, Dávila resaltó la responsabilidad de las instituciones en el mantenimiento del orden democrático y llamó a la ciudadanía a permanecer atenta en la defensa de la legalidad y la independencia de los poderes públicos. “Mientras las instituciones defiendan el Estado de derecho y la democracia de manera valiente y apegada a la Constitución y a la ley, Colombia se salva y sale adelante. Gracias, magistrados valientes”, puntualizó la precandidada presidencial.

La vallecaucana, que ha sido asociada con sectores de derecha cercanos al expresidente Álvaro Uribe Vélez, pero que continuaría firme en su intención de oficializar su candidatura por firmas, concluyó su intervención con una convocatoria a la unidad nacional. “Esta Colombia de valientes está unida para cuidar la democracia, la libertad, la institucionalidad y el orden. ¡Vamos para adelante, valientes!“, expresó Dávila.

El alto tribunal fundamentó su decisión en la ausencia del concepto previo favorable del Senado de la República, el cual, de acuerdo con el artículo 104 de la Constitución, es requisito indispensable para la convocatoria de una consulta popular de alcance nacional, como pretenden tanto Petro como el ministro del Interior, Armando Benedetti.

“De la lectura de los artículos 104 de la Constitución Política, y 50 y 31 b) de las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015, respectivamente, se concluye la exigencia de que, previo a convocar al pueblo una decisión de trascendencia nacional, se requiere concepto favorable del Senado de la República, el cual, en efecto, en este preciso caso no existe”, expresó el organismo de justicia en su posición, tras la ponencia del magistrado Pedro Pablo Vanegas.

Gustavo Petro firmó el Decreto 0639 del 11 de junio de 2025, con el que deja en firme la consulta popular - crédito Presidencia - suministrada a Infobae Colombia

Dávila reiteró su rechazo a la posibilidad de una asamblea nacional constituyente o de consultas populares sin el correspondiente respaldo parlamentario. “Colombia no necesita asamblea nacional constituyente, tampoco consulta populista. Necesita recuperar la seguridad, combatir a los violentos, encarrilar la economía, atender a los pobres y garantizar la salud, la educación y el empleo para todos. Necesita luchar de frente contra la corrupción”, señaló.

El decreto suspendido de forma provisional formaba parte del paquete de iniciativas impulsadas por el Gobierno Petro para desarrollar sus propuestas de reformas estructurales, especialmente en el ámbito laboral; en medio de un ambiente de extrema polarización por la manera en que el Ejecutivo buscaría, según sus críticos, pasar por encima del Senado y sus determinaciones.

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