
Al presidente Gustavo Petro no le gustó nada la sanción que le impuso la Procuraduría a William Dau, exalcalde de Cartagena, inhabilitándolo por nueve años para ejercer cargos públicos. A través de su cuenta en X, se refirió a la decisión del Ministerio Público y la tildó de autoritaria.
“La procuraduría no puede inhabilitar a William Dau, necesitamos justicia. Colombia no es una dictadura, vamos a la construcción de una democracia real con estado social de derecho pleno”, expresó el primer mandatario.
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Esta no es la primera vez que Petro cuestiona las decisiones de la Procuraduría en torno a las sanciones a políticos y mandatarios regionales, clasificándolas como “un abuso de poder” y al sostener que solo un juez puede tomar esta decisión.
“Esto sigue siendo un abuso de poder. Después de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ninguna autoridad administrativa debe suspender derechos políticos a ningún ciudadano de Colombia”, advirtió hoy Petro.
Hace apenas unos días, el presidente pidió a los ciudadanos sancionados con pérdida de derechos políticos “realizar una demanda común contra este tipo de abusos de poder propios de una dictadura”.

Según el Ministerio Público, la sanción se debe a las presuntas irregularidades en la firma de un contrato para la compra de 10.000 pruebas de COVID-19 y que el exmandatario “desconoció el principio de responsabilidad en la contratación estatal”.
“Se declara responsable disciplinariamente a William Dau en su condición de alcalde de Cartagena 2020-2024, para la época de los hechos, por encontrarse probado y no desvirtuado y en consecuencia imponerle sanción disciplinaria, consistente en destitución e inhabilidad general para ejercer función pública en cualquier cargo durante el término de 9 años”, se lee en el fallo.
La Procuraduría sostuvo que la empresa contratada “no contaba con la disponibilidad de pruebas, ni estaba habilitada por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) para su comercialización”.
La entidad detalló que los precios unitarios de los kits ofrecidos eran superiores en comparación con otros laboratorios acreditados. Además de William Dau, el órgano de control también sancionó a Álvaro José Fortich Rebollo, exdirector del Departamento Administrativo Distrital de Salud de Cartagena (Dadis) por el mismo periodo.
Investigación de los hechos
El caso comenzó el 29 de abril de 2020, cuando la Procuraduría abrió una indagación preliminar contra dos exfuncionarios por el contrato que firmaron para comprar 10 mil pruebas rápidas de diagnóstico de Covid-19 con la empresa Ventas, Distribución y Marketing LTDA.
Según la entidad, la falta de idoneidad del contratista desvirtuó las razones que motivaron la contratación de emergencia, cuyo propósito era permitir un diagnóstico oportuno y una respuesta inmediata a la crisis de salud pública generada por la pandemia.
“Lo anterior, permite predicar con grado de probabilidad que William Dau, en su condición de alcalde de Cartagena, para la época de los hechos, con su actuar pudo haber incurrido en la falta disciplinaria prevista por el numeral 31 del artículo 48 de la Ley 724 de 2002, vigente para la época de los hechos”, señaló la Procuraduría.

A su vez, el ente de control informó que Fortich Rebollo, exdirector del Dadis, habría desconocido el principio de economía de la contratación estatal, justificando la elección de la empresa mencionada para suministrar 10 mil pruebas para diagnosticar covid-19 en la capital bolivarense.
Igualmente, la Procuraduría resaltó que “en los documentos allegados del proceso no existe constancia de las empresas a las que se les solicitó la cotización para realizar el análisis del sector”, y advirtió que Dau Chamatt suscribió el contrato con dicho contratista, sin tener en cuenta las recomendaciones mínimas para contratar durante la emergencia sanitaria en 2020.
Adicionalmente, la entidad mencionó que hubo incumplimientos por la empresa contratada, ya que no fueron entregadas las 10.000 pruebas covid-19 a la alcaldía de Cartagena. “Ventas, Distribución y Marketing LTDA no contaba con la disponibilidad de las pruebas contratas, situación que ocasionó la declaratoria de incumplimiento del contrato No. 008 de 2020, desvirtuando las razones que motivaron la contratación de emergencia”, aseguró la entidad.
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