
En la actualidad, más de ocho millones de adultos mayores perciben en México una Pensión del Bienestar. Cada dos meses, los afiliados reciben en sus cuentas un total de 2,700 pesos, y se espera que el apoyo tenga cada vez mayor alcance.
Según anunció a finales de marzo el presidente del país, Andrés Manuel López Obrador, la cuantía irá aumentando gradualmente en los próximos años, hasta alcanzar los 6,000 pesos bimestrales en 2024 (es decir, 3,000 pesos mensuales). Además, aunque antes los beneficiarios debían tener como mínimo 68 años para solicitarla, recientemente se redujo la edad a los 65, con lo que se espera que el programa llegue próximamente a 10 millones de mexicanos.
Sin embargo, la Secretaría del Bienestar del gobierno federal enumera en las Reglas de Operación 2021 una serie de casos en los que la pensión se puede retener, suspender, o anular definitivamente. Te explicamos todos los detalles.
Motivos de retención
La pensión del derechohabiente se retendrá cuando ocurra alguno de los siguientes supuestos.
* Si existen inconsistencias en los datos personales o en la documentación del derechohabiente.
* Cuando el beneficiario no se presente a cobrar su pensión durante dos bimestres consecutivos (cuatro meses); con la excepción de aquellos períodos en los que se otorgue el pago adelantado (como ocurre ahora por las elecciones federales).
* Cuando el derechohabiente aparezca duplicado en el padrón.
* Cuando se detecte alteración o falsificación del documento de medio de cobro de la persona derechohabiente.
* Cuando en el Registro Nacional de Población el beneficiario aparezca en situación de defunción. En este caso, se comprobará la información.
* Cuando se realice la compulsa de datos en sitio por el personal de la Secretaría de Bienestar, y no puedan localizar al beneficiario o al adulto auxiliar en fechas y horas distintas hasta en dos ocasiones consecutivas.
* Cuando se identifique la realización de cobros simultáneos o indebidos.
Motivos de la suspensión
En caso de retención, el beneficiario tendrá que aclarar los motivos que se investigan, por ejemplo, si se identificó que estaba duplicado, o que cobra apoyos simultáneos. Si no lo hace en un período de cuatro meses, la ayuda se suspenderá.
“La persona derechohabiente o su adulto auxiliar podrán solicitar que sea revisada la situación de suspensión del padrón en el momento que lo considere, una vez reunida toda la evidencia documental, se emitirá una respuesta a dicha solicitud en un plazo máximo de dos meses”, informa la Secretaría en el documento oficial.
Causa de baja definitiva
Serán motivo de baja definitiva cualquiera de los siguientes casos:
* Cuando se notifique el fallecimiento del derechohabiente por parte de la Delegación, registro civil, la autoridad local o el adulto auxiliar.
* Cuando el beneficiario lleve durante cuatro meses consecutivos con la pensión suspendida.
* Cuando se detecte que el adulto mayor proporcionó información falsa o documentos apócrifos.
* Cuando se identifique que el afiliado no cumple con los Criterios de Elegibilidad enumerados en el artículo 3.3 del documento de Reglas de Operación.
* Cuando el beneficiario solicite la baja voluntaria.
* Por cambio de residencia temporal o permanente al extranjero.
Pensión del bienestar: cuánto pagarán en julio
De acuerdo al presidente López Obrador, en julio la pensión de adultos mayores aumentará un 15%. Esto significa que los beneficiarios pasarán a cobrar 3,104 pesos bimestrales, en lugar de 2,700. Además, cada año la cuantía aumentará un 20%, hasta llegar a 2024 a 6,000 pesos bimestrales.
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Motivos de baja definitiva:
- Si se identifica que la información que poporc
Ahora mismo reciben 2,700 pesos.
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