
La Sección Segunda de la Audiencia de Jaén ha condenado a la pena de prisión permanente revisable a un hombre de 41 años como autor del asesinato de una mujer de 74 años a la que asaltó en su vivienda de Sabiote (Jaén) mientras dormía en mayo de 2024.
El tribunal, de conformidad con el veredicto de culpabilidad emitido por unanimidad por un jurado popular el pasado 24 de septiembre, le ha impuesto además otras penas que suman un total de 25 años de cárcel por los delitos de agresión sexual, robo con violencia en casa habitada y robo de uso de vehículo de motor.
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Según declara como probado la sentencia, --a la que ha accedido Europa Press a través del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA)-- los hechos ocurrieron entre las 23,00 horas del 6 de mayo y las 2,00 del 7 de mayo de 2024. El acusado accedió al interior del domicilio de la víctima, ubicado en la calle Sabiote, tras trepar por la parte superior de la muralla de la localidad y colarse por una ventana abierta de la terraza.
Una vez dentro, se dirigió al dormitorio donde la mujer se encontraba sola y dormida. Aprovechando esta situación de total indefensión, se colocó sobre ella, le cubrió la cabeza con una bolsa de plástico y la golpeó brutalmente por todo el cuerpo, llegándole a clavar un instrumento cortopunzante en el hombro izquierdo. Acto seguido, la agredió sexualmente causándole graves lesiones.
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Dado que ambos residían a menos de 200 metros y se conocían del municipio, el acusado, consciente de que la víctima lo identificaría de inmediato, decidió acabar con su vida. Para ello, la estranguló con las manos con tal fuerza que le fracturó el asta tiroidea superior, provocando su muerte por asfixia.
Con el objetivo de borrar huellas y restos de su ADN, el procesado colocó el cadáver en el suelo, deshizo la cama para hacer un hatillo con la ropa de cama y el pijama --que arrojó a la terraza de una casa deshabitada colindante-- y roció el cuerpo y la estancia con lejía.
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Posteriormente, registró la vivienda y sustrajo diversas joyas, relojes, una plancha de asar, tres garrafas de aceite, unos grilletes y una pistola simulada. Finalmente, huyó del lugar utilizando el coche de la víctima, un Peugeot 306, con el que se desplazó hasta un club de alterne de la carretera N-322.
La resolución judicial califica el crimen como un asesinato hiperagravado al concurrir la circunstancia de alevosía --por realizarse el ataque de forma sorpresiva sobre una persona que dormía-- y por haberse cometido con la finalidad de encubrir la agresión sexual previa.
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Asimismo, se aplica la agravante de especial vulnerabilidad de la víctima por razón de su avanzada edad (74 años), su escasa estatura (1,50 metros) y el hecho de que viviera sola.
Por el delito de agresión sexual con extrema violencia sobre víctima vulnerable, el magistrado presidente le ha impuesto la pena máxima de 15 años de prisión, además de una medida de libertad vigilada de diez años orientada a participar en programas de educación sexual y la inhabilitación para trabajar con menores.
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Por los delitos de robo con violencia en casa habitada y robo de uso de vehículo de motor, en los que se ha apreciado la agravante de reincidencia, ha sido condenado a cinco años de cárcel por cada uno de ellos.
La defensa del acusado solicitó durante el juicio la aplicación de eximentes o atenuantes por drogadicción y dilaciones indebidas. No obstante, se ha desestimado por completo estas pretensiones de acuerdo con el criterio del jurado.
La sentencia argumenta que las pruebas capilares practicadas al procesado tras su detención revelaron un consumo "medio-bajo" de cocaína y que los peritos forenses confirmaron que mantenía intactas sus facultades intelectivas y volitivas.
Además, destaca la "frialdad de ánimo" mostrada por el acusado al intentar limpiar la escena del crimen y ocultar las pruebas, lo que resulta incompatible con una alteración psíquica.
Tampoco se han apreciado dilaciones indebidas, al considerarse que la tramitación de la causa --de poco más de dos años-- entra dentro de los márgenes de normalidad para un proceso de esta complejidad técnica.
Sobre la multitud de muestras de ADN que le situaban en el lugar del crimen, el acusado, de 41 años, apuntó en su declaración ante el jurado que no se lo explicaba, aunque "a lo mejor la Guardia Civil lo puso allí para culparme".
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Admitió que su única participación en los hechos fue haberse encontrado el vehículo de la víctima aparcado en la calle y con las llaves puestas y haberlo cogido. Sobre todas las pertenencias de la fallecida que intentó vender o regalar, apuntó que ya estaban en el interior del coche.
Además de las penas privativas de libertad, el procesado ha sido condenado a abonar una indemnización de 250.000 euros a los cuatro hijos de la fallecida en concepto de responsabilidad civil por los daños morales y el sufrimiento causado.
Contra esta resolución judicial cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Es la segunda vez que la Audiencia de Jaén impone una condena de prisión permanente revisable. La primera se dictó en julio de 2024 sobre un joven, de 26 años, al que el jurado declaró culpable del asesinato y violación de una niña de 14 años cuyo cadáver fue localizado en febrero de 2022 en las ruinas de la Iglesia de Santo Domingo, en Alcalá la Real (Jaén).
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