
Los Veintisiete han dado este martes luz verde a la reforma para que las eurodiputadas en el último trimestre de embarazo o que hayan dado a luz recientemente no pierdan su derecho a voto si no pueden asistir a una sesión plenaria, mediante una enmienda a la Ley Electoral europea que permitirá que en este caso puedan delegar su voto a otro miembro de la Cámara.
"Este es otro hito importante para una democracia europea más inclusiva. Permitir el voto por poder a las eurodiputadas embarazadas y a las que han dado a luz recientemente envía un mensaje claro: las mujeres nunca deberían tener que elegir entre el servicio público y la maternidad", ha destacado en un comunicado la responsable de Asuntos Europeos en el Gobierno chipriota, Marilena Raouna, cuyo país ejerce la presidencia de turno del Consejo de la UE.
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Tras superar este último paso para su adopción a nivel europeo, la reforma entrará en vigor una vez que sea ratificada por todos los Estados miembro, de conformidad con sus respectivos procedimientos constitucionales nacionales antes de su entrada en vigor.
La iniciativa, promovida por la presidenta del Parlamento Europeo, Roberta Metsola, ya recibió el respaldo mayoritario del pleno de la Eurocámara en noviembre del pasado año; aunque tuvo que confirmar de nuevo su aval el pasado mes de abril porque los Veintisiete incorporaron en el curso de la negociación algunas modificaciones.
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De este modo, los gobiernos introdujeron disposiciones sobre transparencia, rendición de cuentas, trazabilidad e integridad del voto, así como la necesidad de definir modalidades detalladas en el Reglamento Interno del Parlamento.
En cualquier caso, la reforma de base aborda la modificación de la Ley Electoral europea para introducir una "excepción claramente definida" al marco actual que establece que en las sesiones plenarias sólo se puede votar en persona, según recalcó la Eurocámara durante la preparación de la reforma, para evitar que una revisión más amplia pudiera retrasar la enmienda, por las diferencias que generara entre capitales o grupos políticos.
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Así, la protección se aplicará únicamente al caso de las mujeres que no puedan desplazarse al pleno en el último trimestre de embarazo o durante los primeros seis meses tras haber dado a luz y no a otros casos de ausencia.
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