La Justicia autorizó a difundir el video erótico de una modelo

Se trata de Deborah del Valle, quien había denunciado a Google y otros buscadores para que no publicaran las imágenes. Pero como había filmado escenas porno para un canal, la Cámara revocó una medida cautelar que prohibía su difusión

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La Cámara Nacional en lo Civil revocó una medida cautelar que prohibía la difusión por internet de un video sexual de una modelo. El tribunal consideró que como Deborah Del Valle había aparecido en un canal de televisión por cable con imágenes de contenido erótico como las que aparecen en Google, no había impedimento para que el video fuera propagado por la red.

La Sala B de la Cámara, conformada por los jueces Mauricio Luis Mizrahi, Omar Díaz Solimine y Claudio Ramos Feijoo evaluó que al trabajar para Playboy TV, donde consintió la difusión de un material "al menos similar a los contenidos" del sitio de internet contra el que promovió una demanda por daños y perjuicios, las imágenes pueden ser difundidas.

La medida cautelar había sido ordenada hace un año por el juez civil Juan Converset, pero ahora los camaristas la revocaron porque "no se distingue el límite entre la actividad laboral y profesional" que desempeñó la modelo "y el contenido cuestionado".

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La protagonista había demandado a Google, a Yahoo SRL y a Bing de Microsoft de Argentina porque en esos sitios de internet aparecía un video íntimo con una ex pareja. La joven sostuvo que la difusión de esas imágenes vulneró su intimidad y le dificultaba conseguir otro tipo de empleo.

Pero los camaristas expresaron que la modelo "ha expuesto en varias ocasiones su intimidad" y "consentido la divulgación de material cuyo tenor resulta al menos similar a los contenidos por ella denunciados".

Con un objeto procesal similar, la Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene pendiente de resolución una demanda promovida en 2006 por la modelo María Belén Rodríguez contra Google y Yahoo.

Asimismo, la Justicia porteña emitió un fallo que obliga al Gobierno de la Ciudad a que, en un plazo de 180 días, aplique el "derecho al olvido", es decir, que dicte una norma que exija a los buscadores de internet con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, que dispongan de un protocolo parar borrar aquellos links que lleven a páginas con datos que un usuario considere que vulnera sus derechos individuales o su derecho a la intimidad.

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