El Despacho Presidencial aprobó desembolsar 180 mil soles para financiar la defensa legal de la presidenta Dina Boluarte en la investigación fiscal por las decenas de muertes registradas durante las protestas tras el fallido golpe de Estado de Pedro Castillo en diciembre de 2022. Así lo autorizó el director general de la Oficina General de Administración del Despacho Presidencial, Rafael Velásquez Soriano, al aprobar la modalidad de contratación directa para este gasto.
“Se resuelve aprobar la contratación directa para la contratación de defensa legal otorgada por Resolución N° 000019-2024-DP/SSG, a favor de la señora Dina Ercilia Boluarte Zegarra, en su calidad de presidenta de la República en funciones, por el monto de S/. 180 mil, incluidos los impuestos de ley”, se lee en la resolución.
La Ley de Contrataciones del Estado permite a una entidad estatal apostar por una contratación directa cuando, entre otros casos, se trate de asesoría legal para funcionarios o exfuncionarios del Estado. Este es el caso de la mandataria.
Según pudo conocer Infobae Perú, el monto de 180 mil soles corresponde a los honorarios profesionales del abogado Joseph Campos y cubrirá todo el proceso penal, desde las diligencias preliminares, pasando por la investigación preparatoria y la etapa intermedia, hasta un eventual juicio oral.
Si bien el Despacho Presidencial ya autorizó el desembolso a favor de Campos, el contrato aún no es suscrito. Además del referido letrado, la mandataria tiene como abogados al exfiscal Mateo Castañeda y a la doctora Kelly Montenegro.
El caso
La Fiscalía inició investigación preliminar contra Dina Boluarte en enero de 2023 por las numerosas muertes registradas y personas heridas reportadas durante las protestas sociales contra la asunción de la actual jefa de Estado. Se le atribuyó la presunta comisión de los delitos de genocidio, homicidio calificado y lesiones graves.
En noviembre de ese mismo año, la exfiscal de la Nación Patricia Benavides presentó una denuncia constitucional contra Boluarte por la muerte de Christopher Michael Ramos, José Luis Aguilar, Rosalino Flores Valverde, Sonia Aguilar Quispe y Víctor Raúl Santisteban Yacsavilca.
La defensa de Boluarte presentó un amparo ante el Poder Judicial para anular la referida denuncia constitucional y archivar la investigación. Sin embargo, el juez Jonathan Valencia López, del Segundo Juzgado Constitucional de Lima, rechazó recientemente la demanda.
En sus alegatos, la mandataria, al igual que Pedro Castillo, invocaba el artículo 117 de la Constitución Política del Perú, que establece que el presidente solo puede ser acusado durante su mandato por traición a la patria; por impedir elecciones; por disolver el Congreso inconstitucionalmente, y por impedir la reunión o funcionamiento de los órganos del sistema electoral.
No obstante, el magistrado Valencia López determinó que el referido artículo no impide que la Fiscalía investigue preliminarmente al jefe de Estado en funciones.
“La finalidad del artículo 117 no es autorizar al presidente de la República a estar al margen de la Constitución e incumplirla y que como consecuencia está habilitado a vulnerar con impunidad las demás normas constitucionales; lo que resulta, absolutamente contradictorio con los principios de proscripción de la arbitrariedad y primacía de la Constitución, inherentes a todo Estado Constitucional de Derecho”, concluyó el juez Jonathan Valencia.