Cuál es el sueldo de un profesor de infantil en Asturias

Su salario aumenta con el paso de los años gracias a los trienios y los sexenios

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Un grupo de niños sentados en clase durante el primer día de la vuelta al cole. (Marta Fernández / Europa Press)
Un grupo de niños sentados en clase durante el primer día de la vuelta al cole. (Marta Fernández / Europa Press)

Las remuneraciones de los profesores de educación infantil en España presentan una gran disparidad en función de la comunidad autónoma en la que ejercen y del tipo de institución en la que trabajan, ya sea pública, concertada o privada. De acuerdo con un análisis realizado por el CEAC, un organismo privado especializado en la formación para el empleo, estos profesores suelen percibir un salario promedio de 2.000 euros brutos al mes.

El ingreso de estos docentes es aproximadamente de 1.000 euros mensuales de sueldo base, a los cuales se les añaden diferentes complementos que pueden aumentar significativamente esta cantidad. Entre estos adicionales, se encuentra un complemento específico determinado por cada comunidad autónoma, percibido por todos los docentes sin distinción de rango o posición.

Además, los ingresos se ven incrementados por los trienios, que representan un aumento del 5% del sueldo base cada tres años, y por los sexenios, bonificaciones que se pueden recibir hasta un máximo de cinco veces durante la carrera docente, siempre que el educador acumule al menos seis años de experiencia.

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Por otro lado, se otorgan complementos extra para aquellos que ocupan puestos de responsabilidad en los centros educativos, tales como director, subdirector o jefe de estudios. Asimismo, en las comunidades de Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla se ofrece un suplemento por insularidad, derivado de su localización geográfica.

Este es el sueldo de un profesor de infantil en Asturias

Según en análisis de CEAC, los profesores de infantil del Principado de Asturias tienen un salario que asciende a los 2.387,35 euros brutos mensuales.

Cuánto cobran los profesores en el resto de comunidades autónomas

Según un informe del CEAC, son salarios brutos mensuales sin incluir los trienios son los siguientes:

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  • Andalucía: 2.361,25 euros brutos mensuales.
  • Aragón: 2.301,94 euros brutos mensuales.
  • Baleares: En Mallorca, 2.522,41 y en las otras islas 2.539,07 euros brutos mensuales.
  • Canarias: En la isla capitalina, 2.567,78 euros mientras que en el resto de islas 2.885,32 euros brutos mensuales.
  • Cantabria: 2.505,45 euros brutos mensuales.
  • Castilla-La Mancha: 2.506,59 euros brutos mensuales.
  • Castilla y León: 2.353,78 euros brutos mensuales.
  • Cataluña: 2.261,96 euros brutos mensuales.
  • Ceuta y Melilla: 2.860,19 euros brutos mensuales.
  • Euskadi: 2.713,40 euros brutos mensuales.
  • Extremadura: 2.346,14 euros brutos mensuales.
  • Galicia: 2.387,57 euros brutos mensuales.
  • La Rioja: 2.421,13 euros brutos mensuales.
  • Comunidad de Madrid: 2.389,95 euros brutos mensuales.
  • Región de Murcia: 2.400,00 euros brutos mensuales.
  • Navarra: 2.436,52 euros brutos mensuales.
  • Comunidad Valenciana: 2.348,64 euros brutos mensuales.

Cuáles son los requisitos para ser profesor de infantil

Los requisitos generales que debe cumplir cualquier persona que se quiera presentar a una oposición en España son los siguientes:

  • Tener la nacionalidad española o la de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de aplicación el Reglamento (UE). También podrá participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a cargo de sus progenitores.
  • Tener cumplidos 18 años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
  • No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.
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  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
  • No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
  • No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento como funcionario de carrera del mismo cuerpo al que se refiere la convocatoria.
  • El aspirante que no posea la nacionalidad española y su idioma oficial no sea el castellano, deberá acreditar un conocimiento adecuado de este idioma, en la forma que se establece en la base sexta de la presente convocatoria.

El requisito específico es estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Maestro, el título de Diplomado en Profesorado de Educación General Básicao el título de Maestro de Primera Enseñanza.

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