Así puede salvarse de pagar el impuesto vehicular si le robaron el carro en Bogotá

Si se presenta el hurto de su vehículo automotor, esto no lo exime de pagar el impuesto distrital

Compartir
Compartir articulo
El trámite de cancelación de la matrícula del vehículo automotor debe hacerse únicamente en alguna de las 19 sedes de la Ventanilla Única de Servicios - crédito Johan Largo/Infobae
El trámite de cancelación de la matrícula del vehículo automotor debe hacerse únicamente en alguna de las 19 sedes de la Ventanilla Única de Servicios - crédito Johan Largo/Infobae

De acuerdo con el calendario tributario de 2024, que se publicó a finales de diciembre de 2023, los contribuyentes del impuesto vehicular tendrán hasta el 28 de junio para efectuar su tributo correspondiente; sin embargo, para aquellos que realicen el pago antes del 24 de mayo, tendrán un beneficio del 10% del total del gravamen por pronto pago.

Para realzar el pago, el contribuyente deberá primero estar registrado en la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda para descargar el recibo y oficializar la responsabilidad ante el Distrito capital.

Ahora puede seguirnos en nuestro WhatsApp Channel y en Facebook.

Según lo establecido en el Decreto 352 de 2002, artículos 62 y 64, están obligados a pagar el tributo vehicular los propietarios o poseedores de automotores matriculados en Bogotá, excepto los siguientes vehículos:

  • Las bicicletas, motonetas y motocicletas con cilindraje hasta 125 cm³.
  • Los tractores para trabajo agrícola, trilladoras y demás maquinaria agrícola.
  • Los tractores sobre oruga, cargadores, mototrillas, compactadoras, motoniveladoras y maquinaria similar de construcción de vías públicas.
  • Los vehículos y maquinaria de uso industrial que por sus características no estén destinados a transitar por las vías de uso público o privadas abiertas al público.
  • Los vehículos de la Empresa Distrital de Transporte Urbano, desde su liquidación hasta su modificación o la cancelación de las matrículas de los mismos.
Hasta el 24 de mayo hay plazo para aplicar al descuento del 10% en el pago del impuesto vehicular - crédito @HaciendaBogota / X
Hasta el 24 de mayo hay plazo para aplicar al descuento del 10% en el pago del impuesto vehicular - crédito @HaciendaBogota / X

Que pasa si le hurtan el vehículo antes de la fecha del pago anual

Tenga presente que al presentarse el hurto de su vehículo automotor, esto no lo exime de realizar el pago correspondiente de la vigencia tributaria. “Mientras no realice este trámite, continuará la obligación tributaria de declarar y pagar el impuesto sobre Vehículos Automotores”, preció la Secretaría de Hacienda.

Es por eso, que los conductores que sean víctimas del hurto de su propiedad y no quieran verse implicados en sanciones por el no pago de la responsabilidad, tendrán que adelantar el proceso de cancelación de la matrícula del automotor directamente en la Ventanilla Única de Servicios.

Y es que según la dependencia de hacienda, cuando la declaración del impuesto sobre vehículos automotores no se registra dentro del plazo máximo establecido para pagar, la sanción por extemporaneidad será del 1,5% por mes o fracción de mes de retardo sobre el valor del impuesto a cargo, sin exceder del 100% del impuesto.

“Es importante recordar que la sanción aplicable es la vigente al momento de la presentación de las declaraciones; en todos los casos, ninguna sanción puede ser inferior a la sanción mínima aplicable, que, para el año 2024, es de 7 UVT ($329.000) para todos los vehículos automotores”, sumó la entidad.

Cómo cancelar la matrícula en Bogotá

La dependencia cuenta con 19 puntos de atención de la Ventanilla Única de Servicios, distribuidas en 17 localidades de la ciudad - crédito Ventanilla Única de Servicios
La dependencia cuenta con 19 puntos de atención de la Ventanilla Única de Servicios, distribuidas en 17 localidades de la ciudad - crédito Ventanilla Única de Servicios

Tal como lo mencionó la Secretaría de Hacienda, el trámite de cancelación de la matrícula del vehículo automotor debe hacerse únicamente en alguna de las 19 sedes de la Ventanilla Única de Servicios, que se encuentra ubicadas en 17 localidades de la ciudad.

Para 2024, el valor del trámite de ‘Anulación del registro inicial y licencia de tránsito de un vehículo automotor, ante un organismo de tránsito a solicitud de su titular’, tanto para carro particular como para motocicleta, es de $23.300.

Para oficializar el trámite, el conductor o propietario del vehículo tendrá que:

  • Estar inscrito en la plataforma del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt), como persona natural o jurídica.
  • Estar a paz y salvo en multas por infracciones a las normas de tránsito.
  • Pago del valor del trámite (en el banco autorizado, que se encuentra en los puntos de atención de la ventanilla).
  • Pago de impuesto sobre vehículos automotores, los cuales se validan en la página de la Secretaría de Hacienda.
  • En el caso de persona jurídica, se verifica el Certificado de Existencia y Representación Legal en el sistema Rues.
  • Poder especial expedido por documento privado, poder general expedido mediante escritura pública o contrato de mandato, otorgado por el propietario donde le confíe a un tercero, la gestión de realizar los trámites a que haya lugar.
  • El vehículo debe estar al día en sus obligaciones tributarias de los últimos cinco años.

Si el conductor cumple con todas las condiciones y requisitos que estableció la Ventanilla Única de Servicios, deberá solicitar una cita, en cualquiera de las 19, para finalizar el proceso de anulación del registro inicial y licencia de tránsito de un vehículo automotor matriculado en Bogotá.