
La Intendencia de Montevideo estableció una reglamentación provisional del decreto que regula las aplicaciones de transporte tipo Uber, que permite el registro de estas empresas para que operen de forma legal en la ciudad, informó este miércoles el gobierno capitalino.
Esta reglamentación provisional comienza a regir desde este mes de enero mientras se continúa trabajando en la definitiva.
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En virtud de lo establecido, se crea un "Registro Provisorio de Plataformas de Intermediación de Transporte Oneroso de Pasajeros", que será regido por el Departamento de Movilidad de Montevideo, en el que las plataformas deberán registrar datos como el nombre de la empresa, su razón social y un domicilio legal dentro de la capital uruguaya.
Asimismo, durante este período deberán entregar mensualmente una declaración jurada donde se detalle los datos de todos los vehículos que ofrecen el servicio de transporte, los conductores autorizados y los kilómetros recorridos con pasajeros cada coche.
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"Una vez registradas, las plataformas deberán asumir la retención del pago del canon generado por los vehículos afectados al servicio y su posterior depósito en la cuenta del Fondo de Movilidad", expresa un comunicado de la Intendencia, que aclara que el pago será mensual y regirá "desde el primer momento del registro" de las empresas.

La Junta Departamental de Montevideo aprobó el pasado 15 de diciembre el decreto que "habilita la modalidad de transporte oneroso de pasajeros en vehículos privados contratados a través de plataformas electrónicas" tipo Uber.
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El decreto reconoce dos tipos de actores: la plataforma y los prestadores del servicio final. Las condiciones que tendrán que cumplir tanto la plataforma como los choferes adheridos a ella serán dictadas por el gobierno capitalino.
La nueva normativa, que aún no se encuentra vigente, establece obligaciones para la plataforma y para los propietarios de los vehículos que operan con ella.
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Entre las obligaciones de los conductores están tener licencia de conducir profesional, tener carnet de salud vigente, cumplir con las obligaciones fiscales y que los vehículos habilitados tengan menos de cuatro años de antigüedad (diez en el caso de los eléctricos).
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