La Justicia frenó la posibilidad de que Alejandra Gils Carbó designe fiscales "a dedo"

La Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo Federal invalidó un reglamento sancionado por la Procuradora General. La norma le permitía nombrar discrecionalmente los jurados encargados de examinar a los futuros fiscales

Compartir
Compartir articulo
Adrián Escandar
Adrián Escandar
Adrián Escandar
Adrián Escandar

La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal declaró inválido el reglamento ideado por la Procuradora para la selección de fiscales. Los magistrados calificaron la norma de arbitraria y violatoria de los principios de objetividad y transparencia que exige la Constitución Nacional.

La sentencia se dictó en una acción de amparo presentada por Patricio Luis Hughes quien se había postulado en el Concurso Nro. 110. El amparista planteó la ilegitimidad del reglamento de selección de fiscales elaborado por Gils Carbó por ser un sistema de designación "a dedo", ya que la elección quedaba al arbitrio de la Procuradora.

El reglamento en cuestión fue una de las primeras medidas que adoptó Gils Carbó cuando asumió al frente de la Procuración. El reglamento de concursos del Ministerio Público Fiscal estableció la designación de los jurados que evaluarían a los candidatos a fiscales de manera directa y discrecional por la Procuradora General. Con la sanción de esa resolución se dejó sin efecto dos anteriores que ordenaban que los jurados se eligieran a través de un sorteo público.

El reglamento de Gils Carbó le permitió hasta ahora a la Procuradora cubrir numerosos cargos estratégicos del Ministerio Público Fiscal con miembros de Justicia Legítima, la agrupación afín a Cristina Elisabet Kirchner y La Cámpora.

Los camaristas afirmaron que el sistema ideado por Gils Carbó carece de objetividad y transparencia

Entre los fundamentos del fallo, los camaristas afirmaron que el sistema ideado por Gils Carbó carece de objetividad y transparencia "La designación de jurados en forma directa y discrecional por parte del Procurador General de la Nación, no permite vislumbrar claridad alguna en la selección de cada integrante y menos aún –precisamente por el carácter discrecional- la existencia de un criterio de elección exento de interés o marginado de toda posibilidad de arbitrario direccionamiento", agregaron. En otras palabras, ese reglamento permite que se elijan fiscales "a dedo".

Según se indica en el amparo presentado por Hughes, en los 17 concursos que convocó Gils Carbó como Procuradora General luego de sancionado el Reglamento cuestionado, la gran mayoría de los miembros del jurado examinador pertenecía a Justicia Legítima o al entorno de la Procuradora. No sólo eso, en muchos concursos era la propia Gils Carbó quien se autodesignaba como Presidente del Tribunal encargado de examinar a los postulantes a fiscales.

En diálogo con Infobae, José Sánchez Sorondo -abogado patrocinante de Patricio Hughes y vicepresidente de la Asociación Abogados de Pie- señaló que "el sistema fue creado para designar fiscales por su pertenencia política, no por idoneidad como debe ser. Los que evaluaban a los concursantes eran de Justicia Legítima, los que integraban la terna con posibilidades de ser elegidos pertenecían a Justicia Legítima y los que finalmente eran elegidos como fiscales pertenecían a Justicia Legítima".

Si bien el fallo sólo se aplica a este caso, fija un precedente muy importante ya que cualquier concurso que se convoque de ahora en más para cubrir vacantes de fiscales bajo el Reglamento Gils Carbó puede ser impugnado con probabilidades de ser anulado.

La Cámara Federal Contencioso Administrativo invalidó reglamento de Gils Carbó