El fiscal Carlos Stornelli, quien interviene en el Caso Skanska, le pidió al juez Sebastián Casanello que se anulen los sobreseimientos de los imputados en el que se conoció como el primer caso de corrupción del kirchnerismo. Hizo un planteo de "cosa juzgada írrita" para poder reabrir el caso.
En su presentación, a la que accedió Infobae en fuentes judiciales, el fiscal recordó la hipótesis del caso:
"Que Skanska, en el marco de su participación en las obras públicas había pagado comisiones indebidas a funcionarios públicos, justificando contablemente la salida del dinero mediante la simulación de operaciones comerciales imputadas a aquellas obras."
"Que Skanska habría recurrido a la modalidad de simular operaciones o contrataciones imputadas a dichas obras públicas, con 23 sociedades comerciales de dudosa capacidad operativa, pagos estos que ascenderían a las sumas aproximadas de $5.766.900 por la ampliación del Gasoducto Sur y $1.795.200 por el tramo de la construcción del Gasoducto Norte".
"Aquella ilegal operatoria de Skanska -reitero, supuestamente destinadas al pago de comisiones indebidas- se habría valido de simular operaciones comerciales con terceras sociedades que, según la distinta documentación contable incorporada como prueba, proveerían diversos servicios en el marco de las obras en cuestión y a las cuales se les abonaran las sumas de dinero relacionadas con dichas contrataciones, pero sin que estas procedieran a la efectiva prestación del servicio documentalmente asentado. Es decir Skanska habría pagado determinadas sumas de dinero en dichas sociedades -algunas de ellas de formal existencia pero sin actividad societaria y comercial real, otras reales pero de dudosa capacidad operativa- sin recibir contraprestación comprobable alguna".
Entre los procesados, y luego sobreseídos estaban Fulvio Madaro, quien encabezaba el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) en el principio del kirchnerismo; quien estaba al frente de Nación Fideicomisos, Néstor Ulloa, y quien fuera secretario de Energía, Daniel Cameron. También fueron procesados y sobreseídos los ejecutivos de la filial argentina de la empresa sueca y de las firmas Transportadora de Gas del Sur y Transportadora de Gas del Norte que participaron de la construcción de dos gasoductos. Cuando comenzó el caso allá por 2007 el kirchnerismo habló de que había sido una "negociación entre privados".
Stornelli habla en su dictamen de "trascendencia institucional" del Caso Skanska, aclara que la cosa juzgada írrita se aplica de manera de manera "excepcionalísima", y habla de la importancia de investigar los "delitos de corrupción".
El fiscal recuerda que Skanska reconoció ante la AFIP esa situación irregular y quedó comprobado en una auditoría interna que llevó adelante el auditor Claudio Corizzo. Para realizar esa auditoría, Corizzo grabó una conversación con Javier Azcárate, uno de los gerentes de Skanska. Allí Azcárate dijo que en aquel negocio hubo un cinco por ciento de "comisiones indebidas".
En el diálogo entre Corizzo y Azcárate, este último responde ante la pregunta de dónde fue la plata: "Tres por ciento a Enargas y dos por ciento a Nación Fideicomisos". En Enargas estaba Madaro y en Nación Fideicomisos, Ulloa.
Esa prueba fue excluida por la Sala I de la Cámara Federal como prueba y sobreseyó a los imputados en noviembre de 2011. Una serie de apelaciones llevó el caso primero hasta la Corte Suprema de Justicia que lo reabrió y luego a la Sala IV de la Cámara de Casación que, con el voto de los jueces Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani, admitió las grabaciones como evidencia para ser analizada en la causa.
El fiscal también planteó que el peritaje contable que se hizo y que sirvió para apuntalar los sobreseimientos, fue cuestionado y nunca se atendió ese cuestionamiento. Para Stornelli, la Sala I de la Cámara Federal -con el voto de los jueces Jorge Luis Ballestero, Eduardo Freiler y Eduardo Farah- anuló una prueba fundamental y utilizó una prueba inválida, el peritaje. Ese peritaje señaló que no hubo sobreprecios, y por eso no hubo retornos. Stornelli había criticado el peritaje pero su objeción no fue analizada en ninguna instancia.
El juez del caso Skanska fue originalmente Guillermo Montenegro, quien pasó a ser ministro de Seguridad de Mauricio Macri en la Ciudad en 2007. Lo reemplazó Norberto Oyarbide, quien dictó los procesamientos, pero sin las grabaciones como pruebas. En 2012 llegó a ese juzgado Sebastián Casanello. Ante él hizo la presentación Stornelli y basó su planteo en la "cosa juzgada írrita". Es un planteo jurídico mediante el que se pueden revisar las decisiones judiciales que fueron hechas (sobreseimientos definitivos) de manera fraudulenta o errónea para proceder a la reapertura del caso.
Casanello, según explicaron fuentes judiciales a Infobae, notificó del pedido del fiscal a todos los imputados en el expediente que tienen tres días para contestar. Se abre una instancia judicial que puede finalizar en la reapertura de uno de los casos de corrupción del inicio del kirchnerismo.
Más Noticias
La salud mental de los docentes no da votos, pero es clave para el país
Nadie está hablando con la misma urgencia de la salud mental docente. Y sin docentes emocionalmente sostenidos, no hay reforma educativa que sobreviva

El verdadero desafío del talento joven peruano: cómo seguir avanzando en un mercado que no espera
Avanzar profesionalmente se ha convertido en un desafío estructural para el talento joven peruano, no en una simple cuestión de esfuerzo individual

Dónde ver Sporting Cristal vs Carabobo HOY: partido en Venezuela por fase 3 ida de la Copa Libertadores 2026
‘Celestes’ y ‘granates’ se darán cita en el Estadio Misael Delgado de Valencia. Los de Autuori precisan de un resultado positivo para sentenciar la serie en Lima. Conoce en qué plataformas y señales seguir el encuentro

Receta de pesto rojo casero, la sencilla salsa con la que transformar cualquier plato de pasta
Esta receta se elabora con tomates secos como base y utiliza almendras en vez de piñones

La Audiencia Nacional rechaza el asilo a un ciudadano iraní que alegaba querer tener una “vida digna”, alejado de la “guerra” en su país
El tribunal ha ratificado que no concurrían en el caso los requisitos legales necesarios para reconocer ni el estatuto de refugiado ni la protección subsidiaria

