Caso Nisman: cuáles fueron los errores de la fiscal Viviana Fein según la Cámara del Crimen

Los jueces de la Sala VI de la Cámara del Crimen resolvieron que la causa pase al fuero federal y en un duro fallo señalaron los graves errores en los que incurrió la fiscal Viviana Fein durante la investigación

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 DyN 162
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La Sala VI de la Cámara del Crimen confirmó la resolución de la jueza Palmaghini y ordenó que la causa por la muerte del ex fiscal Alberto Nisman sea investigada por la Justicia Federal.

Además de resolver la cuestión de la competencia, en un fallo de 45 carillas, los camaristas fueron contundentes al señalar las equivocaciones que cometió la fiscal Viviana Fein durante la investigación.

Entre los graves errores de la fiscal los magistrados sostuvieron que:

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    desde el inicio de la investigación sólo se inclinó por la hipótesis del suicidio descartando las restantes variables posibles que podrían haberle causado la muerte a Nisman. En ese sentido, el juez Mario Filozof afirmó que la premisa de Fein fue sólo el suicidio descartando cualquier otra posibilidad cuando su deber era ampliar la visión y considerar todas las posibilidades.

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    recibió innumerables declaraciones testimoniales con errores direccionales y sin repreguntas.

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    permitió un descuido absoluto de la escena del hecho, circunscribiéndola sólo al baño en el que Nisman fue hallado sin vida. Lo correcto hubiera sido que abarcara el departamento desde su exterior, los ascensores, el playón de estacionamiento y el edificio en su totalidad.

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    Tardó más de cinco meses en advertir la existencia de la línea telefónica (4314-5403) que se hallaba instalada en el departamento de Nisman.

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    Pretendió restituir el departamento sin que se realizara una inspección del buzón de correspondencia.

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    No procuró recuperar en lo inmediato el juego de llaves que se hallaba colocado dentro del departamento de Nisman, ni las tarjetas magnéticas que estaban en poder de los custodios.

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    Al momento de declarar el personal técnico de aire acondicionado, se le solicitó el calzado (el que llevaban puesto el día que Nisman solicitó el arreglo) sin que se le hiciera en forma inmediata una pericia.

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    No mostró interés en establecer si Nisman tenía otras cuentas de correo electrónico más allá de las conocidas en el expediente.

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    Tampoco consideró relevante obtener, al inicio de la investigación, el contenido de las casillas que se sabía pertenecían al Fiscal.

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    El complejo "Le Parc" cuenta con dos accesos sobre la calle Aimé Paine y no hizo ninguna averiguación en el momento de conocer que esas entradas estaban cerradas con candado y sin custodia.

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    No ordenó ninguna medida luego de conocer el informe de la firma NTS, sobre el sistema fílmico de seguridad de "Le Parc", donde consta que había cámaras desenchufadas, puntos ciegos y fallas en las cámaras de los ascensores.

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    No advirtió si la camioneta Audi Q3 de Nisman contaba o no con peaje automático y si se registró la camioneta por alguna autopista durante el fin de semana en el que ocurrió el hecho.

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    Al mes de septiembre, es decir 8 meses después del ocurrido el hecho aún no había tomado declaración a la totalidad del personal de la UFI-AMIA.

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    Pidió un exhorto sin fundamento para ser dirigido a las autoridades del "Departamento de Justicia Norteamericano", sin respetar las formalidades para esa comunicación entre magistrados.

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    Pidió información sobre seis líneas telefónicas a nombre de Nisman de los meses de septiembre, enero y febrero de 2015. Dos de esas líneas habían sido dadas de baja con anterioridad a la muerte de Nisman, una en octubre de 2013 y otra en julio de 2014.

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    Ni siquiera -como hubiera correspondido en los primeros pasos de la investigación criminal- individualizó la lista de propietarios y/o locadores de la Torre Boulevard ni del Complejo Le Parc. Tampoco estableció desde cuando vivían en el lugar.

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    Demoró más de dos meses en recibir la declaración de Marta Chagas, que fue una de las tres personas que lograron entrar en primera instancia al departamento.

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    Lo mismo ocurrió con el testigo Benito Sotero Campero cuya versión se incorporó a la causa el 13 de agosto, casi siete meses después de la muerte de Nisman.

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    Hasta ahora no ha establecido quienes vivían en el complejo Le Parq en el momento del hecho. Hubiese sido muy útil constatarlo esa misma noche y tomarle declaración testimonial.

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    En la sede de la fiscalía comenzó recibiendo -en lo que quedaba de enero- 4 declaraciones testimoniales por día y esa cifra fue bajando con el correr de los meses. En febrero recibió 33, en marzo 27 y en abril 13. Estas cifras muestran con claridad cómo fue avanzando la causa en manos de Fein.

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    Fue necesario concurrir en más de dos ocasiones a la vivienda de Nisman para incautar elementos que debieron haberse obtenido el primer día.

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    Durante el proceso inicial no se secuestró la alfombra sobre la que estaban extendidos los pies de Nisman. Tampoco un paño verde que estaba sobre la mesada, cuando ambos tenían rastros de sangre. Recién se incorporaron el 13 de febrero y el 23 de abril respectivamente.

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    Por orden de Fein se entregó a la madre de Nisman documentación sin dejar constancia que permitiera saber de qué se trataba.

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    La fiscal restituyó a Sara Garfunkel el juego de llaves que estaba colocado en el lado interior de la puerta de la entrada de servicio. Esto impidió conocer cualquier rastro que pudiese haber quedado o si faltaba alguna llave que pudiera haber sido usada para accionar el cerrojo.

Los camaristas también reprochan el accionar poco diligente del juez De Campo quien llegó al lugar antes que la fiscal Fein y no tomó las medidas necesarias para preservar la escena del hecho.

Al transitar por el departamento de Nisman, ni los peritos ni la fiscal Fein llevaban cobertor para el calzado o lo hicieron con prudencia.

Entre esa serie de descuidos los magistrados mencionan que, el entonces Secretario de Seguridad, Sergio Berni ingresó con barro en su calzado. El perito en balística, para examinar la numeración del arma, deslizó su dedo por la corredera de la pistola borrando así todo rastro posible.

Junto a la vaina había un pelo que no fue secuestrado y que podría haber sido sometido a un examen de ADN para un posterior cotejo.

Como resumen de esta serie de desaciertos en la investigación, en sus votos los jueces Lucini y Pociello Argerich sostuvieron "lamentablemente, desde que se conoció la noticia, se han cometido un sinfín de groseras desprolijidades".