–Las personas físicas y jurídicas podrán comprar libremente moneda extranjera y otros activos externos por hasta la suma de USD 2.000.000 mensuales.
–Se elimina el requisito de validación y registración fiscal previa en el Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para poder efectuar las transacciones.
–Todo nuevo ingreso de fondos externos tendrá derecho a la libre salida por igual monto.
–Con relación a los ingresos de capitales del exterior, se reduce el requisito de permanencia a 120 días y se elimina la obligación de constituir un depósito no remunerado por un año de plazo por el 30%.
–Las deudas financieras con el exterior no tendrán obligación de ingreso ni de liquidación en el mercado de cambios. Sin embargo, si quisieran acceder al mercado de cambios para comprar moneda extranjera para el repago de esas deudas, deberán haber ingresado previamente los fondos correspondientes. Dichas deudas podrán ser precanceladas en cualquier momento.
–Los ingresos por exportaciones y la enajenación de activos no financieros no producidos continuarán con la obligación de ingreso y liquidación en el mercado de cambios.
–Se liberan los pagos de todas las importaciones de bienes y servicios que se efectúen o se planeen efectuar a partir de la fecha, como así también los pagos de importaciones anteriores que estén avaladas con cartas de créditos de bancos locales o por organismos oficiales de crédito.
–Transitoriamente, y a los fines de regularizar los pagos pendientes por importaciones embarcadas, se establece un cronograma que habilitará a cursar dichos pagos por operación por hasta USD 2.000.000 hasta el 31 de diciembre de 2015, USD 4.500.000 mensuales entre enero y junio de 2016, y libremente a partir de julio. En el caso de los servicios prestados y/o devengados hasta la fecha, los montos serán de USD 2.000.000 y USD 4.000.000 respectivamente, con los mismos plazos. Como alternativa, se instrumentarán mecanismos vía títulos públicos para cumplir con esos pagos de manera anticipada.
–En el día de la fecha, el Tesoro Nacional ha acordado transferir al Banco Central de la República Argentina (BCRA) nuevas emisiones de BONAR 2022, BONAR 2025, BONAR 2027, en reemplazo de la Letra Intransferible Vencimiento 2016 de valor nominal USD 9.530.110.689, la que había sido colocada al BCRA en el año 2006.
El acuerdo con el Banco Popular de China
–El Banco Central de la República Argentina (BCRA) y el Banco Popular de China acordaron la conversión parcial de los yuanes correspondientes al swap de monedas que ambas entidades mantienen en vigencia. Dicha conversión alcanzará un total de aproximadamente 3.100 millones de dólares que incrementarán la liquidez de las reservas internacionales del BCRA, con el objetivo de disponer una posición de mayor solidez para ejercer su política de flotación administrada del mercado cambiario.
El ingreso de los dólares al stock de reservas del BCRA se efectivizará a comienzos de la próxima semana. La conversión requerirá el pago de una tasa Shibor + 400 puntos básicos, según lo acordado al momento de celebración del swap, lo que corresponde a un costo de financiamiento aproximado para el BCRA menor al 4% en dólares.
La negociación fue cerrada a través de conversaciones directas entre el presidente del BCRA, Federico Sturzenegger, y su par del Banco Popular de China, Zhou Xiaochuan, quienes asimismo acordaron un próximo encuentro bilateral en ocasión de la reunión bimestral del Banco de Pagos Internacionales (BIS, por sus iniciales en inglés) a celebrarse el próximo 10 de enero en Basilea, Suiza.
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