Luego de una extensa discusión, el Senado aprobó la iniciativa que establece facultades especiales para el presidente Juan Manuel Santos, la creación de una comisión legislativa especial en el Congreso y de un plan plurianual de inversiones para la paz.
Al término del primero de ocho debates que debe superar el proyecto presentado la semana pasada en la Comisión Primera del Senado, el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, aseguró que "la aprobación demuestra que hay unas mayorías claras y contundentes en el Congreso a favor de la paz de Colombia".
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En un comunicado de la Presidencia, el funcionario llamó a los partidos de oposición a que "entiendan la necesidad de darle una oportunidad a la paz y acompañen el deseo de los colombianos".
Según informó El Espectador, el senador Armando Benedetti Villaneda, ponente del proyecto, dijo que "quedó claro que la implementación de los acuerdos que establece el acto legislativo sólo se podrá aplicar luego de que los colombianos voten positivamente por los mismos acuerdos de paz".
En el mismo sentido, informó el medio colombiano, el senador Roy Barreras Montealegre, reconoció que "ésta no será ninguna ley habilitante para que el presidente Juan Manuel Santos haga reformas constitucionales sin que pasen por el Congreso".
El proyecto consta de dos artículos, uno que permite la creación de una comisión legislativa especial encargada de convertir los acuerdos de paz en leyes, y otro que otorga facultades especiales al presidente por 90 días para expedir leyes ordinarias, prorrogables por un período igual mediante decreto presidencial, a partir de la refrendación del acuerdo final.
Esa comisión especial, agrega el comunicado, estará conformada por todos los miembros de las comisiones primeras de Senado y Cámara, más doce congresistas que tengan relación con los temas pactados en La Habana, quienes serán escogidos por las mesas directivas y garantizarán la cuota de género y la participación de las minorías étnicas.
El proyecto, además, precisa que en lo que hace referencia a las facultades especiales, el Presidente, una vez que se firmen los eventuales acuerdos de paz y sean refrendados por los colombianos, puede expedir leyes ordinarias para las decisiones que son urgentes en la implementación de lo pactado.
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