La Cámara de Casación Penal bonaerense le redujo la pena a un hombre condenado por abuso sexual a un niño de 6 años, argumentando la supuesta orientación sexual de la víctima. El fallo fue repudiado por La Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT), que expresó su "estupor" por la resolución.
El caso fue desarrollado por el programa "El Expediente" que se emite por el canal de cable C5N. Para la Justicia, el acusado Mario Tolosa, un hombre que se desempeñaba como vicepresidente del Club Florida, abusó sexualmente de un niño de seis años el 6 de marzo de 2010 en esa localidad del partido bonaerense de Vicente López.
El dirigente pasó a buscar al niño para llevarlo a entrenar y, una vez en el campo de juego, llevó al menor a un baño y allí lo sometió sexualmente. Al regresar a su casa el niño -identificado sólo con la inicial "G"-, le contó a su abuela lo sucedido. La abuela comprobó las lesiones y realizó la denuncia correspondiente.
Cuando comenzó el juicio, la Justicia condenó a Tolosa a 6 años por "abuso sexual con acceso carnal" pero la Cámara de Casación de San Isidro le redujo la pena a 3 años y dos meses.
En un fallo emitido recientemente, los jueces Horacio Piombo y Ramón Sal Llargués consideraron que la pena impuesta debía ser reducida argumentando que el niño víctima del abuso tenía "una orientación sexual homosexual y estaba habituado a que lo abusen". "Es gay, ya tiene su sexualidad definida. El abuso pasó pero no fue tan ultrajante", agregó el fallo.
Los jueces Piombo y Sal Llargués ya habían protagonizado un hecho similar cuando en 2011 solicitaron la reducción de la pena impuesta a un Pastor acusado de abusar de dos niñas de 14 y 16 años, argumentando que "son de un nivel social que acepta relaciones a edades muy bajas".
Al respecto Esteban Paulón, presidente de la FALGBT expresó: "No salimos de nuestro estupor ante este fallo de la Cámara de Casación bonaerense que, avasallando los más básicos criterios judiciales, promueve la impunidad y pone a la víctima en el lugar de sospechoso".
"Pretender que una supuesta orientación sexual de la víctima de un abuso es un atenuante al momento de juzgar un caso de este tipo es desconocer completamente la Convención de los derechos del niño y la ley de Protección Integral a la infancia, al tiempo que proyecta un mensaje discriminatorio y estigmatizante que nuevamente vincula el abuso sexual con la orientación sexual de las personas, que son dos aspectos que no tienen ninguna relación", finalizó.
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