La Sala I de la Cámara Federal porteña desestimó este jueves, por mayoría, la denuncia del fiscal Alberto Nisman contra la presidente Cristina Kirchner por encubrimiento a los iraníes acusados del atentado a la AMIA en 1994. El juez Eduardo Farah votó en disidencia al considerar que "es iniciando la instrucción y dando curso a las medidas de prueba que devienen pertinentes que podrán esclarecerse todos los interrogantes en pie". El magistrado opinó que "negar su apertura no sólo es incorrecto, (sino que) contraría lo estipulado por la ley".
En su fallo, Farah advirtió que "ni la denuncia ni el requerimiento fiscal tienen por finalidad probar los hechos". En esa línea, cuestionó al juez Daniel Rafecas, de quien pidió su apartamiento, porque "hubiera correspondido darle curso, sin adentrarse en un análisis dogmático o probatorio propio de otras instancias, pero ello no se hizo, apartándose la decisión de la solución normativa prevista para el caso".
En otras palabras, sostuvo que habría que abrir la instrucción para que se investigue, puesto que "la hipótesis de la fiscalía, analizada en forma global y no fragmentada, cumple con el requisito mínimo de verosimilitud y es susceptible de ser investigada".
Incluso Farah cree que sería positivo investigar para realizar "un análisis de índole teórico" y "confrontar y evaluar los indicios", y porque, además, "con el curso de la pesquisa podrían presentarse alternativas diferentes a las planteadas por el fiscal y el juez".
"La decisión apelada veda inválidamente que se recorra ese insoslayable proceso de conocimiento", insistió. "Hasta tanto se avance en la búsqueda de la verdad, sólo quedan en pie los interrogantes que el caso ciertamente exhibe", agregó.
Farah opinó en su voto que en los hechos de "significativa gravedad institucional", como la denuncia de Nisman, "es preciso recabar las evidencias del modo más rápido posible, para que sean presentadas y argumentadas en un acto público, como es una sentencia judicial". Al respecto, observó que "ya se perdió demasiado tiempo para instruir la causa como correspondía".
Sobre el final también se refirió a los documentos que Nisman había dejado firmados en una caja fuerte de la Unidad Fiscal AMIA y que el magistrado reconoció que "su contenido -a primera vista- no es compatible o coherente" con la denuncia.
"Me limitaré a decir sobre ello que tengo la seguridad de que no están dadas las condiciones para dar una explicación definitiva a esa situación, cuando no se conocen aún, fehacientemente, los pormenores de la factura de tales instrumentos, las razones de su conservación en caja de seguridad y no se han obtenido todavía el resto de las probanzas a que antes aludí con las cuales confrontarlos", concluyó.
Qué dijeron los otros magistrados
Para Ballestero y Freiler, la sanción del memorándum entre Argentina e Irán no constituyó ningún delito para encubrir a los acusados del atentado, entre otros aspectos porque nunca se puso en práctica ya que fue declarado inconstitucional por la propia Sala I de la Cámara.
"El Memorándum de Entendimiento pudo ser un fracaso para la diplomacia argentina, un error para los anales legislativos, una desilusión para quienes creyeron ver en su texto el avance de la investigación por el atentado, pero de allí a ver forjado en él un maquiavélico plan por encubrir a los responsables de las cientos de víctimas de la voladura de la AMIA existe un abismo", sostuvo Ballestero en su voto.
Por su parte, Freiler consideró que "la presentación elaborada por el Dr. Nisman evidencia una antojadiza concatenación de diversos elementos de juicio que no revisten, en sí mismos, relevancia alguna, pero que son encadenados de forma tal que simulen demostrar la hipótesis delictiva sostenida".
"¿Cuál es el motivo que llevó al fiscal Nisman a formular su denuncia en este momento? Ninguno de los elementos de juicio a los que hace referencia en su presentación resulta novedoso", se preguntó el camarista.
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