Denuncian que Casación ejerce presiones para reducir la pena de 50 años contra un violador serial

La Cámara ordenó revisar la pena porque cree que es "cruel e inhumana". Seis jueces consideraron que con este pedido, el tribunal superior ejerció "violencia moral" y se inhibieron. Designaron a otro tribunal podrían rebajarle la sentencia

Compartir
Compartir articulo
  162
162
Fabricio Alberto Álvarez Albarracín

fue condenado en 2011 a 50 años de prisión luego de comprobarse que era un violador serial que actuaba siempre del mismo modo: se movía en una moto, abordaba a las mujeres por la noche, cuando estaban por ingresar a sus domicilios, y las sometía a todo tipo de abusos. Fue hallado culpable de haber atacado por lo menos a ocho mujeres entre agosto de 2008 y el mismo mes del año siguiente, en los barrios de

Villa Urquiza, La Paternal y Agronomía, de la Capital Federal

.


La condena fue decidida por el Tribunal Oral 16 de Capital Federal (TOC 16), presidido por María Cristina Bertola e integrado por Fernando Larraín y Liliana Barrionuevo. Álvarez Albarracín fue sentenciado por los delitos de "abuso sexual simple y con acceso carnal, exhibiciones obscenas, robo (algunos con el uso de arma), amenazas coactivas y privación ilegal de la libertad".


Pero lo que fue un castigo ejemplar dada la gravedad de los delitos, se convirtió en un caso envuelto en la polémica y en un nuevo obstáculo para las víctimas. El 26 de mayo de este año, la Sala I de la Cámara de Casación Penal, integrada por los jueces Ana María Figueroa, Luis María Cabral y Juan Carlos Gemignani confirmaron la condena, pero, en una decisión dividida, pidieron que la cantidad de años sea reformulada por considerar que la sentencia fue "cruel e inhumana" y violaba pactos internacionales firmados por la Argentina. Por eso ordenaron que la causa vuelva al tribunal que impuso sentencia para que dicten una nueva pena. Sólo el juez Gemignani sostuvo los 50 años; los otros dos magistrados ordenaron que se fije un nuevo monto de pena.


La decisión generó la inmediata reacción de las víctimas. En ese momento, Deborah Huczek, abogada del Programa de Patrocinio de Querellas Para Víctimas de Delitos Graves (Propaque), y representante de dos de las jóvenes atacadas, dijo que apelarían a la Corte Suprema de Justicia porque creen que la pena es constitucional y legal. A partir de ese momento, comenzó un nuevo calvario para las víctimas y según denunciaron, Casación comenzó a llevar adelante una serie de maniobras de presión para lograr que la pena contra el violador serial sea reducida.


Las presiones de la Cámara de Casación

En diálogo con Infobae, Huczek contó los pormenores de lo que sucedió en los últimos meses en el ámbito de la Justicia para que se tratara el caso. Cuando la causa volvió al TOC 16, -el tribunal que había dictado 50 años de prisión-, los jueces se inhibieron de analizar nuevamente la pena por considerar que Casación, con dicho pedido, había ejercido "violencia moral" contra ellos. "Ahí lo que se hizo fue volver a sortear para que venga otro Tribunal. Cayó en el Tribunal 8 de la Capital, que entendió también que había "violencia moral" y además consideró que como había un recurso federal en trámite y la sentencia de Casación no estaba firme, decidieron no intervenir", contó la abogada.


Debido a que ya seis jueces habían decidido no resolver la cuestión -contó Huczek- la Cámara de Casación designó en el Tribunal 16 a un juez y por sorteo se eligieron los otros dos. Este nuevo tribunal llamó a una audiencia para hoy -que finalmente fue suspendida por problemas en el traslado del Servicio Penitenciario- en la que analizaría la reducción de la pena. Los abogados de las víctimas, entre quienes figura Huczek, enviaron un recurso extraordinario a Casación, para evitar que le rebajen la cantidad de años. "Casación lo mantuvo cajoneado y no lo elevó a la Corte Suprema".


Huczek planteó también en Casación que se trataba de una cuestión de género, en virtud de que el sujeto seleccionaba a las víctimas por su sexo y la vulnerabilidad que presentaban al momento de los hechos. En virtud de esto debía aplicarse la Convención de Belem Do Para y los jueces debían resolver rigurosamente el caso, cumpliendo la obligación de imponer las sanciones pertinentes, "siendo la condena de 50 años justa y legal porque la establece el Código Penal por tratarse de un concurso de delitos".