Los diputados oficialistas Diana Conti y Remo Carlotto presentaron un proyecto de ley que propone dar al Inadi (Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo) el poder para cerrar por 30 días medios noticiosos de internet que promuevan o permitan comentarios xenófobos y discriminatorios.
De acuerdo con el texto, "será considerado contenido discriminador aquellos mensajes publicados en las plataformas de contenidos producidos por los usuarios que menoscaben o insulten a las personas por su condición étnica, de color, de nacionalidad, religión, género, identidad de género o su expresión, orientación sexual, edad, estado civil, trabajo u ocupación, caracteres físicos, capacidad psicofísica, condición de salud, perfil genético o pobreza".
El proyecto -titulado "Actos discriminatorios e instrumentos de Derechos Humanos. Promoción de la no discriminación en Internet"- tiene por objetivo "propiciar la diversidad, el pluralismo y el respeto por la dignidad y privacidad de las personas en internet, evitando la difusión de mensajes con contenido discriminador a través de plataformas de contenidos producidos por los usuarios, en el marco del estricto respeto por la libertad de expresión".
La iniciativa establece que los medios alcanzados por esta regulación deberán publicar "términos y condiciones" sobre esta normativa, al tiempo de "disponer y hacer pública una vía de comunicación para que los usuarios soliciten la remoción del material que se encuentre en infracción".
El Inadi podrá actuar de oficio o por denuncia de quien invocare un interés particular. Y las sanciones previstas para los medios en cuyas páginas los usuarios hayan emitido expresiones discriminatorias, van desde un apercibimiento o multas de entre 5 y 20 salarios mínimos hasta la "clausura del establecimiento o suspensión del servicio afectado por un plazo de hasta 30 días". Y podría llegar a "la pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare".
En sus fundamentos, los autores reconocen que "ni el periódico, ni la red social genera el contenido" cuando da lugar al comentario de un lector en sus artículos. Apoyado en las palabras de un teórico (German Esteban Müller) considera no obstante que "si bien el hecho dañoso no es autoría del administrador de la plataforma, este sí es responsable por su propagación". Y añade: "Muchas veces la dañosidad de los dichos no sería tan grave si no fuera precisamente porque está siendo propagada simultáneamente a miles de personas. Posiblemente el daño del contenido discriminador no podría producirse sin que exista la plataforma que lo propaga".
La Fundación Led (Libertad de Expresión + Democracia) criticó de inmediato la propuesta y la calificó de inconstitucional. "Facultar a un organismo como el INADI a imponer sanciones que pueden llegar a la clausura y quita de concesiones, a aquellos medios de comunicación que difundan contenidos de terceros considerados discriminatorios constituye una clara limitación del derecho a la libertad de expresión y de prensa consagrado como expresáramos en nuestra Constitución Nacional y en los Tratados Internacionales que la integran y expresamente reconocido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación", advirtió su titular, Silvana Giudici.
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