A pesar de algunas expresiones de mayor apertura de su economía, el gobierno de Cuba sigue implementando medidas restrictivas. Con el objetivo de combatir el tráfico de mercancías, el régimen de Raúl Castro impondrá a partir de septiembre restricciones a la importación de artículos de uso personal, electrodomésticos y dispositivos informáticos.
Si bien el anuncio aún no se ha hecho de forma oficial, la Resolución 206, emitida por la Aduana General de la República el pasado 30 de junio, fijó los límites a una variada gama de productos que totalizan 381 categorías de artículos, según consigna Diario Las Américas.
En caso de sobrepasar el límite autorizado por la ley, las autoridades aduaneras podrán decomisar las cantidades excedentes que porten los viajeros. Asimismo, si los funcionarios determinan que hubo "importación reiterada de un producto" se le puede decomisar el equipaje en su totalidad.
Esta nueva medida representa una fuerte limitación a las cantidades de productos que actualmente permite la Resolución 320 importar, emitida en 2011.
Entre los artículos más afectados se encuentran los electrónicos e informáticos. Además de que se ha reducido a la mitad la cantidad permitida, se deberá solicitar un permiso especial del Ministerio de Comunicación para ingresar los siguientes equipos: fax inalámbrico (sólo se permite uno), la misma cantidad para pizarras telefónicas, micrófonos inalámbricos y accesorios, routers y switches, y walkie-talkies.
Con respecto a los productos alimenticios, de aseo, ropa y calzado, los artículos que más se vieron afectados, con recortes de la mitad o más, son los siguientes: mouse (solo uno a partir de septiembre), torre de computadora (1), discos compactos (50), motherboard (1), conservas de todo tipo (20), productos lácteos de todo tipo (10), máquinas de afeitar desechables (20), artículos para adorno de cabello (24), jabones (30), blumers (dos docenas), trusas (5), gorras (10), calzado femenino (15 pares, 5 de vestir, 5 sandalias o chancletas, 5 deportivo), y calzado masculino (las mismas cantidades que el calzado femenino).
Los pasajeros que importen artículos que excedan los 50,99 pesos deberán abonar un gravamen, a razón de diez pesos cubanos o convertibles por cada kilogramo extra, según establecen las resoluciones 222 y 223, emitidas en 2012 por el Ministerio de Finanzas y Precios.
Sin embargo, la Aduana General, a través de la resolución 207, establece nuevos gravámenes sobre los artículos de carácter personal que portan los viajeros. No obstante, no está establecido si es en pesos cubanos o convertibles.
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