Qué dicen las leyes de los países de la región sobre las protestas y los piquetes

En sintonía con varias naciones vecinas, el kirchnerismo presentó un proyecto de ley contra las interrupciones en el tránsito. Caso por caso, cómo tratan la cuestión el resto de los estados latinoamericanos

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De la permisividad a la prohibición. En los últimos once años, el kirchnerismo adoptó una política pendular hacia la protesta social. Durante la mayor parte de la gestión, la toleró y hasta la estimuló a gran escala. La reprimió también de manera selectiva, cuando era protagonizada por grupos de izquierda y activistas no alineados con la Casa Rosada.


Desde la asunción de Sergio Berni en la secretaría de Seguridad de la Nación, la presidente Cristina Kirchner empezó a mostrar un rostro más duro con los movimientos y organizaciones sociales. Este año, ese "giro" adquirió una forma concreta: el proyecto de ley impulsado por el Frente para la Victoria denominado como "Ley de Convivencia en manifestaciones públicas". La norma ordena que las protestas deberán ser avisadas al Ministerio de Seguridad con 48 horas de antelación, y caracteriza de "ilegítimas" a todas aquellas que corten las calles, afecten "servicios esenciales" o no sean informadas a las autoridades. Esa condición habilita a que los efectivos policiales tengan vía libre para reprimir.


Argentina adopta así un enfoque más restrictivo y se acerca a la mayoría de los gobiernos latinoamericanos. Incluso las presidencias de signo político progresista o "populista", las cuales, pese a su retórica discursiva, no han titubeado a la hora de dispersar a quienes cortan calles.


En Venezuela, el chavismo ha perseguido, reprimido, y detenido a los manifestantes que han reclamado con movilizaciones contra el gobierno. En plena crisis social y política, las fuerzas de seguridad fueron denunciadas por violar los derechos humanos. Este año, el despliegue policial dejó como resultado decenas de muertos y centenares de heridos.


En concordancia con su cerrazón a la oposición ciudadana, en 2005 el parlamento venezolano elevó las penas hasta ocho años de cárcel para quienes obstaculicen la vía pública durante la reforma del Código Penal.


Además, el difunto presidente Hugo Chávez reformó en 2002 la Ley Orgánica de Seguridad, en la que decretó "zonas de seguridad" en las áreas cercanas a sedes gubernamentales, instalaciones militares o petroleras. Ello significó la prohibición de hacer movilizaciones y protestas en esas zonas, que según la ONG Control Ciudadano, abarca el 30% del territorio.


En Colombia, la militarización de la vida pública producto del enfrentamiento con la guerrilla de las FARC, ha tentado muchas veces al Estado a apelar a las leyes antiterroristas contra manifestaciones sociales pacíficas.


En lo que respecta a legislación específica en materia de cortes de calles, el artículo 198 del Código Penal colombiano, establece que las personas que perturbaran los servicios de transporte e impidan la libertad del trabajo de terceros deberán pagar una multa. Esa misma ley ordena que, cuando se obstaculice la conducción de "nave, aeronave, vehículo, o medio motorizado destinados al transporte colectivo u oficial, incurrirá en prisión de 16 a 54 meses", y se añadirá una multa de 13,33 a 75 salarios mínimos legales mensuales.


Con respecto a Perú, existe un consenso en el que el Estado "busca enfrentar las protestas sociales de forma desproporcionada y con métodos poco democráticos", según indicó el Instituto de Defensa Legal, durante su exposición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 3 de noviembre de 2009.




El escenario latinoamericano pone de manifiesto que Argentina ha sido una excepción a la regla en castigar con prisión a los manifestantes. Y eso que tiene legalmente "con qué": el artículo 191 del Código Penal reprime desde seis meses de cárcel para quien entorpezca la marcha de un tren; mientras que el artículo 194 lo hace de tres meses a dos años a quienes estorben el normal funcionamiento de los transportes.


La falta de una voluntad política en aplicar sanciones obedece a la legitimidad que adquirió "el piquetero" en particular, y las clases populares en general, como actores del sistema político post crisis del 2001. El corte como mecanismo de protesta se impuso con dolor, con pérdidas humanas y materiales. Y también políticas. La represión en escala del desocupado y ahorrista -durante los gobiernos de Fernando de la Rua y Eduardo Duhalde- dejó como resultado un tendal de heridos y muertos, y una crisis de gobernabilidad que puso en jaque los bloques de poder dominante argentino.


La ONU reconoce el conflicto abierto existente entre el derecho a circular y a peticionar ante las autoridades. No obstante, se inclina hacia la tolerancia cuando la acción colectiva se produce sin violencia.


"Naturalmente las huelgas, los cortes de ruta, el copamiento del espacio público e incluso los disturbios que se puedan presentar en las protestas sociales pueden generar molestias o incluso daños que es necesario prevenir y reparar. Sin embargo, los límites desproporcionados de la protesta, en particular cuando se trata de grupos que no tienen otra forma de expresarse públicamente, comprometen seriamente el derecho a la libertad de expresión. Preocupa por ello a la Relatoría Especial la existencia de disposiciones penales que convierten en actos criminales la simple participación en una protesta, los cortes de ruta (a cualquier hora y de cualquier tipo) o los actos de desorden que en realidad, en sí mismos, no afectan bienes como la vida o la libertad de las personas", sostiene el informe de la CIDH del año 2008.


Por: Juan Pablo Piscetta - jpiscetta@infobae.com