El oficialismo en el Senado logró que el proyecto que aumenta la alícuota del impuesto interno para bienes de lujo, como autos y motocicletas de alta gama, vehículos especiales para acampar y embarcaciones o aeronaves de uso recreativo o personal, fuera convertido en ley esta madrugada, durante el debate en el recinto, en sesión extraordinaria.
La norma obtuvo 39 votos a favor de parte del Frente para la Victoria y de sus aliados, 18 en contra de la oposición y 5 abstenciones del interbloque FAP-UNEN. El presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, el kirchnerista Aníbal Fernández, indicó que el objetivo del gravamen "no es recaudatorio, sino que busca equidad y distribución del ingreso".
Además, dijo que el impacto comercial será de "510 millones de pesos y afecta a menos del siete por ciento del mercado automotriz". Asimismo, anunció que se acordó con el Ministerio de Economía recibir a las cámaras afectadas por el nuevo tributo para que "cualquier impacto negativo se pueda subsanar". Automotrices e importadores cuestionaron con dureza la suba de la tasa y aseguran que pone en riesgo al sector y que varios modelos de vehículos desaparecerán.
El proyecto había sido sancionado por Diputados a fines de noviembre, por lo que al ser aprobado hoy sin modificaciones, fue convertido en ley. El texto contempla gravar entre un 30 y un 50 por ciento, de acuerdo al valor que tengan, determinados bienes de alto valor.
La iniciativa abarca a todos los productos considerados suntuarios en base a su valor y no por su origen, gravando tanto a los importados como a los nacionales.
Si bien estos bienes (vehículos y motores embarcaciones de recreo o deportes y aeronaves) ya pagan una tasa de impuestos internos del 10 por ciento, la norma ahora aumenta la alícuota cuando el valor de los productos supere los 170.000 pesos o los 210.000, como sucede para el caso de los autos de alta gama.
Así, se establecen subas diferenciales determinando que un vehículo que tenga un valor de entre 170.000 y 210.000 pesos, sin impuestos, pagará una tasa de un 30 por ciento y si es mayor a esos montos, abonará la tasa del 50 por ciento.
La iniciativa que modifica la ley 24.674 de impuestos internos también gravará con una alícuota del 50 por ciento a las aeronaves para recreo o deporte y, en ese sentido, se dispuso que pagarán esa tasa cuando supere, sin impuestos, los 170.000 pesos.
Además, fija que en el caso de las motos se aplicará una alícuota del 50 por ciento cuando se pague entre 22.000 y 40.000 pesos.
Los cuestionamientos de la oposición al proyecto apuntaron, principalmente, al régimen impositivo para las motos, porque podría afectar a quienes utilizan este vehículo como herramienta de trabajo, como ocurre en el ámbito de la mensajería y delivery.
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