Una joven de 28 años se convirtió en protagonista de un episodio que abrió el debate sobre la preservación de los derechos individuales y el deber de confidencialidad: la mujer llegó a la guardia del Hospital Fernández con un aborto en curso y horas después de ser asistida fue detenida, tras una denuncia de las médicas que la atendieron.
El 29 de junio, alrededor de las 12:30, la mujer concurrió al nosocomio mencionado y fue asistida por las médicas Julieta Andrea Wainfeld y Virginia Diedrich, quienes, al constatar que el feto estaba muerto, le practicaron un parto para expulsarlo.
Ante la presunción de que la paciente había utilizado pastillas para provocar la interrupción del embarazo, a la mañana siguiente, Rosana Elizabeth Buffa, médica del área de Obstetricia del Fernández, resolvió denunciarla a la policía: un grupo de agentes se presentó en el Fernández, detuvo a la mujer y la trasladó a la comisaría 53ª, donde la dejaron presa durante diez horas, pese a que todavía sufría pérdidas.
El caso, que se produjo hace cuatro meses pero se conoció ahora, provocó la reacción de la Defensoría General de la Nación, cuya titular, Stella Maris Martínez, informó lo que había sucedido a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal, a la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema y le envió una nota a la ministra de Salud de la Ciudad y al director del Fernández.
En la misiva -informa Página/12-, la funcionaria señaló que al denunciar a la paciente se violaron sus derechos a la vida, a la salud, a la intimidad, entre otros. Y consideró que también se sometió a la paciente a violencia institucional y obstétrica, de acuerdo con los términos de la Ley 26.485, de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
Desde el Ministerio de Salud de la Ciudad informaron que "los médicos están obligados a realizar la intervención policial", si tienen "la presunción o evidencia de maniobras abortivas", por indicación "de la Dirección General Legal y Técnica". Sin embargo, esto se contrapone con un fallo de la Corte Suprema que en un caso anterior consideró que el conocimiento de hechos posiblemente delictivos en el marco de la atención de un paciente quedan bajo el amparo del secreto profesional, por lo que a las médicas les está prohibido realizar la denuncia.
Denuncia de la afectada
La mujer contó a la defensora pública que las médicas que la atendieron le hicieron comentarios condenatorios y le habrían indicado una dosis menor de medicación para atenuar el dolor, para que "sienta lo que hizo"; de todos modos aclaró que más tarde una enfermera le dio la dosis completa.
La causa penal iniciada contra la mujer terminó con la declaración de nulidad de todo lo actuado y con su sobreseimiento, "por haber tomado noticia del hecho perseguido a través de un medio probatorio ilícito". El magistrado Luis Alberto Zelaya consideró que el secreto médico exige a los profesionales de la salud mantener la confidencialidad sobre la información obtenida a través del vínculo profesional con su paciente. Además consideró que la actuación policial vulneró el derecho constitucional a la no autoincriminación.
A través de un dictamen, la Defensoría General de la Nación concluyó que el sobreseimiento "no repara las distintas violaciones de derechos humanos a las que fue sujeta ni es en sí mismo una garantía de no repetición".
La defensora general de la Nación les envió una nota al director del hospital y a la ministra de Salud porteña, Graciela Reybaud, a quienes les manifestó su preocupación por la actuación de las profesionales de la salud del nosocomio porteño. Allí precisó que cuando un médico realiza una denuncia por hechos que conocen bajo el amparo del secreto médico, vulnera derechos contemplados en la Constitución Nacional y en tratados internacionales.
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