"Les agradezco a los señores jueces por haberme mandado de nuevo con mis hijos. Es lo único que quiero. Verlos, abrazarlos y besarlos", tras abrazar a su abogada, Nancy rompió en llanto y culminó una historia de años de malos tratos e indiferencia.
, de 45 años, llegó a juicio acusada del "homicidio simple" de
, de 48, cometido en un rancho en el que ambos vivían a orillas del río Bamby, en en el paraje Quimilí Bajo, a 60 kilómetros al sur de la capital santiagueña.
El hecho se registró el 9 de septiembre de 2011, cuando la pareja protagonizó una acalorada discusión, seguida de una pelea, que la mujer puso fin al disparar un revólver y matar a Miranda de un balazo a la altura de las costillas.
Para determinar la absolución y excarcelación de la acusada, el máximo tribunal tuvo en cuenta las 20 denuncias realizadas "por malos tratos" por la mujer, en distintas dependencias policiales de Loreto.
En su descargo, la mujer que ayer recuperó su libertad dijo que reaccionó violentamente "por las agresiones y violentos castigos sufridos durante mucho tiempo".
"No nos daba de comer y nos obligaba a dormir en el monte o en el piso junto a mis cinco hijos, que tampoco iban a la escuela, uno de los cuales murió de parálisis cerebral", relató la mujer entre llantos.
Debido a los constantes hechos de violencia de los que era víctima, Nancy se encontraba separada de Abel, aunque habitualmente ella regresaba a su hogar para realizar una limpieza diaria, en momentos en que él no se encontraba allí. La fatídica jornada, él regresó antes de tiempo y comenzaron a discutir. Las agresiones verbales pasaron a ser físicas, hasta que ella logró hacerse de un arma que él solía utilizar para cazar y le asestó un tiro en las costillas, por lo que el agresor murió a los pocos minutos.
Durante la etapa de instrucción, el juez de Nominación I Juan Ignacio Coria Vignolo había ordenado el procesamiento de Romero por "homicidio simple" tras descartar emoción violenta durante el incidente, solicitando una pena de 9 años de cárcel para la mujer. En tanto, la vocal Graciela Viaña de Avendaño se inclinó por una condena a 5 años, por "homicidio con exceso en legítima defensa".
Tras escuchar la sentencia de absolución, de pie y sin muestras de arrepentimiento, la mujer se retiró de la sala de los Tribunales de Santiago del Estero. La Cámara de Juicio Oral de Segunda Nominación estuvo integrada por los doctores Juan Carlos Storniolo, Graciela Mercedes Viaña de Avendaño y Osvaldo Pérez Roberti.
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