A pocos días de haber resultado reelecto, el mandatario de Ecuador, Rafael Correa, comunicó a la prensa que deseaba modificar la Carta Magna. "Haremos una nueva revisión de la Constitución y haremos las reformas que tengamos que hacer", expresó y agregó que el objetivo era mejorar la institucionalidad del país.
Según un artículo de El Universo, Correa considera que se debe trabajar en la competencia en salud de algunos municipios y el uso desmedido de la acción de protección. Sin embargo, en la prensa ecuatoriana afirman que el mandatario podría pretender una reforma para la reelección indefinida, si bien él aseguró que en 2017 se retiraría.
Si se enmendara uno o varios artículos de la Constitución que no alteren su estructura fundamental, ni el carácter o los elementos constitutivos del Estado, así como tampoco supongan una restricción a determinados derechos, el artículo 441º establece que el presidente puede llamar a referendo para pedir la reforma.
Pero la modificación también puede ser impulsada por la Asamblea, sin necesidad de un plebiscito. Un tercio como mínimo basta para elevar la propuesta al pleno de la Cámara, mientras que dos tercios, con los que contaría Correa, son suficientes para que la iniciativa sea aprobada.
No obstante, esto sirve para los llamados "artículos menores". Correa no podrá actuar a piacere si lo que busca es una reforma parcial más amplia. El artículo 442º estipula que el proyecto de reforma de la Constitución debe ser adscripto por la mayoría de todos los miembros de la Asamblea, no sólo por los legisladores presentes en ese momento, y luego sometido a referendo popular.
Esto obliga a Correa a negociar con su bloque para mantener la disciplina y que no haya ningún legislador díscolo. También a entablar diálogo eventualmente con diputados de otros sectores y, además, a mantener la popularidad y la confianza de la ciudadanía. Ya le pasó al presidente venezolano Hugo Chávez, en 2007, cuando propuso una reforma de la Carta Magna que fue rechazada por mayoría.
Por último, en caso de proponer la renovación completa del texto constitucional, el Parlamento o el Ejecutivo deberán convocar a una Asamblea Constituyente mediante consulta popular. El nuevo texto tendrá que ser aprobado con la mitad más uno de los votos válidos en referéndum para entrar en vigor.
De llevar a cabo una nueva reforma constitucional, sería la tercera vez que Correa modifique la Carta Magna del país. La primera fue en 2008, ni bien asumió su mandato; la segunda, parcial, en 2011. Elegido en 2006, el actual presidente hizo de la necesidad de cambiar la Constitución, junto con el ataque a los partidos políticos tradicionales, su eslogan de campaña.
Convocó a una Asamblea Constituyente en 2007. El texto constitucional de 1998 establecía que la reforma sólo se podía llevar a cabo de dos maneras: a través del Congreso nacional o mediante un referéndum popular. Correa, que en su lógica antipartidos no había presentado candidatos para integrar el Parlamento, optó por lo segundo. El 82% respaldó al presidente. Tras la redacción del nuevo texto, se sometió a otro plebiscito. El apoyo fue del 64 por ciento.
El camino de la primera reforma constitucional de Correa no es menor. Se volvió a llamar a elecciones presidenciales, en 2009, para que el Poder Ejecutivo y el Legislativo quedaran enmarcados en la nueva Carta Magna. Correa ganó (52%) y esta vez presentó candidatos a la Asamblea. Obtuvo 59 bancas de las 124 disponibles y su movimiento, Alianza País, se convirtió en la primera fuerza del Parlamento, a pesar de que antes no tenía presencia.
En esta ocasión, el escenario planteado para una eventual reforma es distinto. Correa está fortalecido, tras triunfar con el 56,7% de los votos. Su partido tendría mayoría absoluta en la Asamblea, es decir, dos tercios (91) de los 137 asambleístas. Por lo tanto, el camino para modificar la Constitución no está libre -la consulta popular es clave-, pero sí aparentemente allanado.
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