Polémica en España por fallo contra la libertad de expresión en internet

Un magistrado condenó a penas de prisión y prohibición del ejercicio profesional a los directivos de Cadena SER por una nota publicada en la web. Entre los polémicos argumentos, incluye la afirmación de que internet no es un medio de prensa

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Las asociaciones periodísticas españolas catalogaron de insólita, preocupante y hasta aberrante la decisión del juez Ricardo Rodríguez Fernández

de condenar al director de la cadena española

SER

, Daniel Anido, y al director de Informativos, Rodolfo Irago, por ser autores de un delito de "

revelación de secretos

".



La sentencia los condenó a un año y nueve meses de prisión, y a las penas accesorias de "

inhabilitación especial para la dirección de medios de comunicación y el ejercicio de la actividad de periodistas

" y de "

inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo

" durante el tiempo que dure la pena privativa de libertad impuesta, según informa la cadena

SER

.



Los periodistas denunciaron irregularidades en los trámites de afiliación de 100 personas al Partido Popular (PP) español y  revelaron los nombres de varios de los implicados.


Durante el juicio, celebrado el pasado 19 de octubre,

la propia ex presidente del PP de Villaviciosa de Odón, Pilar Martínez, ratificó los hechos difundidos por la cadena y recordó que los hechos tenían como telón de fondo un asunto de corrupción urbanística.

De hecho, en la propia sentencia,

el juez afirma que "no puede negarse que era un hecho noticiable"

, como lo reconoció la propia Pilar Martínez "en su declaración en calidad de testigo", y que los acusados "podían honestamente pensar que, publicando la denuncia, informaban a la opinión pública de algo que la misma tenía derecho a conocer".



Sin embargo, a continuación,

el magistrado matiza que lo noticiable no era la afiliación al PP

de determinadas personas, revelando sus datos, aunque estas fueran presuntamente irregulares,

sino la denuncia de la existencia de irregularidades.

Fue por eso que el magistrado considera que la acción de los acusados constituye un delito de revelación de secretos tipificado en el artículo 197 del Código Penal español, argumentando que "

la protección constitucional al derecho a la información se refiere a los medios de comunicación social (televisión radio o prensa escrita), pero debe matizarse que internet no es un medio de comunicación social en sentido estricto, sino universal".

Contra la sentencia se han alzado organizaciones profesionales de todo el mundo. Entre ellas, el Instituto Internacional de Prensa (IPI), con sede en Viena, consciente de que el fallo del magistrado Rodríguez Fernández es una decisión demoledora para una democracia europea. "

Los periodistas -dice el IPI- deben ser capaces, en cualquier parte del mundo, de informar sobre asuntos de interés público, sin temer cargos criminales

", publica

El País

en una dura columna.



Otras organizaciones profesionales, como la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE), entienden que sentencias de este tipo conspiran contra la libertad y contra el derecho a saber de los ciudadanos. Y debilitan el Estado de derecho.



"

Esta resolución es incomprensible, desmedida e inaudita",

condena Jesús Del Río, presidente de

MediosOn

, una asociación constituida por los principales grupos mediáticos españoles (PRISA, Unidad Editorial, Vocento, Godó, Zeta, Prensa Ibérica, Hachette, Antena 3 o La Sexta).



Al considerar que la página web de una cadena de radio no es un medio de comunicación social, el juez "

menosprecia a un sector empresarial que también intenta generar riqueza y puestos de trabajo

", dice el presidente de

MediosOn.

Al mismo tiempo, el magistrado "está

excluyendo la posibilidad de que en un soporte universal, como es internet, se desarrollen los medios de comunicación

", argumenta Del Río.



Reporteros Sin Fronteras (RSF), que vela por la libertad de prensa, apunta que el derecho a informar y estar informado no depende del soporte utilizado para publicar una noticia. "

Si bien es cierto que la aparición y el desarrollo de internet plantean algunas preguntas legítimas, en ningún caso puede tratarse de cuestionar los principios universales relacionados con la libertad de expresión

", dice RSF.



El caso sigue dando vueltas al mundo. Paradójicamente, sobre todo en internet.