Las multas por circular con un ‘coche zombie’: así persigue la DGT a estos vehículos

En España fueron dados de baja definitiva en los desguaces 637.000 vehículos. Cerca de medio millón se encontraban en situación de baja temporal que superaban los cinco años

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Coches aparcados en un concesionario al aire libre (Freepik)
Coches aparcados en un concesionario al aire libre (Freepik)

Mantener el vehículo dado de alta sin utilizarlo puede suponer un gasto innecesario, ya que esta situación implica tener que estar al día del impuesto de circulación y tener seguro e ITV en vigor. Por eso muchos propietarios recurren a la baja temporal para gestionar sus gastos de manera más eficiente, ahorrando en el impuesto de circulación y en la póliza de seguro durante el tiempo en que el vehículo no se usa.

Para realizar este trámite, los interesados deben dirigirse a la Dirección General de Tráfico (DGT) y seguir los procedimientos establecidos, que generalmente incluyen la presentación de ciertos documentos y el pago de una tasa de 8,50 euros, que no será necesaria en caso de que la baja se tramite automáticamente debido al robo del vehículo. La reactivación del vehículo para su uso es igualmente sencilla cuando así se requiera.

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La DGT explica que este tipo de bajas tienen un carácter temporal, con una duración máxima de un año. Antes de la finalización de la baja, se podrá solicitar una prórroga que tendrá una duración de un año, sin que exista un límite al número de prórrogas que puedas encadenar. La prórroga podrá solicitarse hasta 2 meses antes de la finalización de la baja actual.

Una vez finalice este permiso, el vehículo debe ser dado de alta, con todas las implicaciones que tiene; o bien puede ser dado de baja definitiva, en el caso de que no se vuelva a usar más. Según los datos de SIGRAUTO (la Asociación Española para el Tratamiento Medioambiental de los Vehículos Fuera de Uso) de 2022, en España fueron dados de baja definitiva en los desguaces 637.000 vehículos y 400.000 vehículos se encontraban en situación de baja temporal que superaban los cinco años.

Trafico recuerda que todos los vehículos estacionados en la vía pública deben tener la ITV y el seguro en vigor y de no ser así, está prohibida su circulación. Sin embargo, se han encontrado numerosos casos de conductores que circulan con un vehículo en situación de baja. Este fraude, que se encuentra en el punto de mira de la DGT desde 2020, ha recibido el nombre de ‘coches zombie’.

En este sentido, la DGT adelanta que las cámaras con lector de matrícula también son capaces de detectar los vehículos zombie. A su vez, en 2020 el organismo envió cartas a todos los propietarios de vehículos en situación de baja temporal para asegurarse de que cumplían con la ley. Si tu antiguo coche debía estar en un desguace y recibes esta misiva, podrías haber sido víctima de un fraude.

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Las sanciones

Según explica en su página web Real Automovil Club de España (RACE) esta práctica representa un peligro potencial para la seguridad de quienes los conducen y para otros usuarios de la vía; pero también porque puede tratarse de vehículos que podrían acabar en desguaces irregulares que acaben mandando sus piezas o el coche en sí a otros países de manera ilegal.

La DGT recuerda que circular con el coche en baja temporal o definitiva está castigado con diferentes tipos de multas. Si el vehículo no ha pasado la ITV puede acarrear una multa que oscila entre los entre los 200 y los 500 euros. La sanción es mayor si no tiene dado de alta el seguro obligatorio, entre 601 y 3.005 euros, así como una posible inmovilización del vehículo por parte de las autoridades.

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