Desde junio, la ONP se encargará de pagar a todos los jubilados del decreto ley 20530

El Ministerio de Economía y Finanzas publicó una resolución que aclara el cronograma en que pasarán las pensiones 20530 a pagarse por la ONP

La ONP ahora manejará la pensiones de la Ley 20530. El proceso de transferencia ya inició. - Crédito Andina

Como se recuerda, las pensiones de los jubilados del Decreto Ley 20530 han estado en proceso de transferencia hacia la Oficina de Normalización Previsional (ONP) para que sean pagadas a través de esta entidad.

Exactamente, el numeral 1 de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1666, Decreto Legislativo Marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público, dispone que se transfiere a la ONP de forma progresiva la administración y pago de las pensiones del régimen del Decreto Ley Nº 20530, incluidas sus contingencias, asumiendo la sucesión procesal de los procesos judiciales en trámite.

Así, la fecha máxima de comunicación a las entidades sobre las acciones de coordinación y remisión de información a la ONP se dará hasta este 27 de febrero. Mientras, la fecha máxima para que la Entidad remita la información de pensionistas a la ONP, de acuerdo a la información que requiera será el 20 de marzo. Con esto, ya para junio de 2026 será el mes en que la ONP asume el pago de las pensiones de todos los jubilados.

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Pensionistas 20530 serían pagados por la ONP en junio. - Crédito Andina/Melina Mejía

Cronograma de transferencia

El cronograma de transferencias de las pensiones 220530 a la ONP se hará en base a fases, algunas de las cuales (las que están dentro de la fase 1) se podrán ejecutar de manera paralela y no necesariamente de forma secuencial.

Así, la Fase I, de acciones relacionadas para la transferencia del pago de pensiones, primero se darán las “acciones de coordinación y remisión de información a la ONP”.

  • Fecha máxima de comunicación a las Entidades - Aplica a todos los Grupos - 27/02/2026
  • Fecha máxima para que la Entidad remita la información de pensionistas a la ONP, de acuerdo a la información que requiera - 20/03/2026.

Mientras, las acciones para la transferencia presupuestal y pago se detallan así:

  • Fecha máxima para que las entidades remitan al MEF, el PDS correspondiente a la transferencia de recursos para que la ONP realice el pago de las pensiones - Aplica a todos los Grupos - 3/04/2026
  • Fecha máxima de publicación de Decreto Supremo de transferencia de recursos - Aplica a todos los Grupos - 18/05/2026
  • Mes en que la ONP asume el pago de las pensiones - Aplica a todos los Grupos - Jun-26.
MEF aprobó el cronograma de fechas. - Crédito Andina

Transferirán la documentación

Asimismo, la fase II contemplan las acciones relacionadas para la transferencia de documentación e información. Primero la fase de “Remisión de documentación e información a la ONP” tendrá estos hitos:

  • Fecha máxima de Remisión de documentación, según requiera la ONP - Grupo 1 - 20/03/2026
  • Fecha máxima de Remisión de documentación, según requiera la ONP - Grupo 2 - 21/04/2026
  • Fecha máxima de Remisión de documentación, según requiera la ONP - Grupo 3 - 25/05/2026
  • Fecha máxima de Remisión de documentación, según requiera la ONP - Grupo 4 - 22/06/2026
  • Fecha máxima de Remisión de documentación, según requiera la ONP - Grupo 5 - 20/07/2026

Luego, se dará la revisión de documentación e información a la ONP:

  • Fecha máxima de Revisión de documentación ONP - Grupo 1 - 30/07/2026
  • Fecha máxima de Revisión de documentación ONP - Grupo 2 - 30/08/2026
  • Fecha máxima de Revisión de documentación ONP - Grupo 3 - 30/09/2026
  • Fecha máxima de Revisión de documentación ONP - Grupo 4 - 26/10/2026
  • Fecha máxima de Revisión de documentación ONP - Grupo 5 - 31/12/2026.
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