Defensa de César Jáuregui afirma que no hay pruebas contra el exfiscal y exhibe renuncia de jueza que libró orden de arresto

El abogado Héctor Villasana sostuvo en conferencia de prensa que de los 150 datos aportados por la FGR, ninguno acredita responsabilidad por traición a la patria

El exfiscal fue detenido el pasado 17 de octubre por delitos del fueron común y posteriormente la FGR lo acusó de traición a la patria. Crédito: Gobierno de Chihuahua
El exfiscal fue detenido el pasado 17 de octubre por delitos del fueron común y posteriormente la FGR lo acusó de traición a la patria. Crédito: Gobierno de Chihuahua
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El abogado Héctor Villasana, defensor de César Jáuregui Moreno, exfiscal general de Chihuahua, aseguró en conferencia de prensa este 21 de octubre que ninguno de los 150 datos de prueba presentados por la Fiscalía General de la República (FGR) acreditó que su cliente autorizara o tuviera conocimiento de la participación de agentes extranjeros en el operativo contra el narcotráfico realizado en abril en la de El Pinal, municipio de Morelos.

Villasana reveló además que la jueza federal que firmó la orden de aprehensión contra Jáuregui renunció al cargo poco después de que fuera ejecutada.

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Fotografía del exfiscal tras su detención este 17 de octubre en Chihuahua. Crédito: Especial
Fotografía del exfiscal tras su detención este 17 de octubre en Chihuahua. Crédito: Especial

Además, en un comunicado posterior a la rueda de prensa, la defensa reiteró que Jáuregui autorizó la operación para desarticular un laboratorio clandestino de drogas sintéticas, pero nunca permitió la intervención de policías o agentes que no fueran mexicanos, en referencia los supuestos elementos de la Agencia Central de Inteligencia (CIA).

El exfiscal permanece recluido en el penal federal de El Altiplano, ubicado en el Estado de México, en espera de la continuación de su audiencia de vinculación a proceso programada para el sábado 24 de octubre.

La defensa argumentó que ninguno de los datos de prueba vinculó a Jáuregui con traición a la patria

Villasana sostuvo que de los más de 80 u 90 testimonios integrados en la carpeta de investigación, ninguno hizo referencia directa a Jáuregui, sino al entonces director de la Agencia Estatal de Investigación (AEI), Pedro Oseguera Cervantes, señalado por la defensa como la persona con mayor cercanía a los agentes extranjeros y quien falleció junto con otro agente mexicano y dos presuntos miembros de la CIA al regresar del operativo.

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Muere director de AEI y dos agentes estadounidenses en accidente tras regresar de un laboratorio clandestino en Chihuahua
Agentes mexicanos fallecidos tras el accidente. (FGE Chihuahua)

El abogado explicó que, conforme al régimen de competencias previsto en la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, no bastaba con que Jáuregui hubiera sido el titular de la dependencia para atribuirle conocimiento de las acciones de los más de 3 mil agentes de la Policía Investigadora o los más de 5 mil ministerios públicos adscritos a la institución.

El abogado criticó también que, durante la audiencia, agentes del Ministerio Público de la FGR compararon el caso de Jáuregui con la intervención de Estados Unidos en Venezuela contra Nicolás Maduro, al advertir que la falta de un “castigo ejemplar” podría derivar en una situación similar en México. Villasana atribuyó esa comparación a una actitud “desesperada” del Ministerio Público ante la falta de pruebas sólidas para sostener el delito de traición a la patria, cuya pena, precisó, oscilaba entre 5 y 40 años de prisión.

El defensor afirmó que el Ministerio Público ya había tomado la decisión de ejercitar la acción penal por traición a la patria y que, jurídicamente, no podía sustituir esa calificación por otro delito con las mismas pruebas si el proceso no avanzaba como esperaba la FGR.

Villasana reveló que la jueza que autorizó la orden de aprehensión por traición a la patria renunció al cargo

En el evento con medios de comunicación, el abogado informó que la jueza que libró la orden de aprehensión federal contra Jáuregui renunció a su cargo una vez que fue ejecutada, y que el expediente fue trasladado a un juez de carrera judicial, identificado desde el 20 de octubre como Ricardo Alfonso Santos Dorantes. Villasana explicó que la defensa fue notificada de la renuncia mediante un oficio que únicamente señalaba la separación del cargo, sin detallar los motivos.

La jueza, identificada posteriormente como Mariana Vieyra Valdés, se desempeñaba como titular del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México desde septiembre de 2024. Según datos oficiales presentes en la plataforma del Instituto Nacional Electoral (INE), Vieyra cuenta con más de 16 años de trayectoria en el Poder Judicial de la Federación, de los cuales 11 ejerció como secretaria de juzgado mixto, y llegó al cargo de jueza de Distrito tras resultar vencedora en un concurso de oposición y la interposición de un recurso de revisión administrativa.

La jueza resultó electa en las pasadas votaciones del Poder Judicial. Crédito: INE
La jueza resultó electa en las pasadas votaciones del Poder Judicial. Crédito: INE

Es licenciada en Derecho por la Universidad Autónoma del Estado de México, con maestría en Derechos Humanos y Democracia por la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO).

El defensor reconoció que el manejo del nuevo juzgador durante la audiencia fue “sólido”, aunque dijo no compartir el criterio con el que se determinó la prisión preventiva oficiosa del exfiscal. Afirmó que, pese a las diferencias, la defensa mantenía confianza en que el proceso se resolviera conforme a derecho y adelantó que impugnaría la decisión mediante juicio de amparo en los próximos días.

Villasana detalló que la audiencia de vinculación a proceso por los delitos del fuero común se realizaría el jueves por videoconferencia, con Jáuregui conectado desde el penal del Altiplano, mientras que la defensa permanecería en Chihuahua. Precisó que en esa diligencia no se discutiría ninguna medida cautelar adicional, ya que Jáuregui contaba con la retención de su pasaporte y visa, la obligación de firmar mensualmente y la prohibición de acercarse a los testigos del caso, impuestas previamente por un juez local.

El abogado añadió que, de obtenerse una no vinculación a proceso en el fuero común, ese resultado podría fortalecer los argumentos de la defensa en el proceso federal, aunque aclaró que se trataba de delitos distintos y que el impacto entre ambas causas no era automático.

Descartó, por otra parte, que existiera información en la carpeta de investigación que sustentara una denuncia presentada por otro agente estadounidense contra la gobernadora Maru Campos, de la que tuvo conocimiento a través de la prensa.

En el fuero común, Jáuregui enfrenta cargos por ejercicio ilegal del servicio público y coalición, derivados de una orden de aprehensión librada por el juez Luis Alberto Simental Ortega mediante el oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026.

Guillermo Arturo Zuany Portillo renunció a su puesto el pasado 13 de mayo de 2026. Crédito: FGE Chihuahua
Guillermo Arturo Zuany Portillo renunció a su puesto el pasado 13 de mayo de 2026. Crédito: FGE Chihuahua

La misma resolución señaló como coautor a Guillermo Arturo Zuany Portillo, exfiscal de Operaciones Estratégicas, a quien además se le imputó el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada.

Zuany había sido nombrado por el propio Jáuregui en septiembre de 2025 para encabezar esa área, bajo cuya jurisdicción se realizó el operativo en El Pinal, y renunció al cargo en mayo de 2026 tras un procedimiento administrativo por una posible omisión.

El comunicado de la defensa insistió en que Jáuregui no autorizó la intervención de agentes extranjeros

En el comunicado difundido tras la conferencia, la defensa de Jáuregui señaló que, durante la audiencia celebrada en el penal del Altiplano, no se presentó una sola prueba que acreditara que el exfiscal autorizó o conoció previamente la participación de agentes estadounidenses en el operativo.

El documento precisó que “lo único que existe objetivamente es la presencia de estas personas en la Agencia Estatal de Investigación, que se encuentra en el C4”, y que esa circunstancia no demostraba que Jáuregui hubiera tenido conocimiento de su intervención.

El comunicado ubicó el origen del caso en el operativo realizado en abril en la comunidad de El Pinal, municipio de Morelos, Chihuahua, donde autoridades estatales desarticularon el laboratorio clandestino de drogas sintéticas.

Señaló que, durante el despliegue, se registró un accidente en el que fallecieron dos servidores públicos estatales y dos ciudadanos estadounidenses -presuntos agentes de la CIA-, hecho que dio origen a la investigación sobre la posible participación de agentes extranjeros en tareas de seguridad reservadas a las autoridades mexicanas.

Richard Leiter Johnston III, de 35 años, y John Dudley Black, de 44, serían los agentes estadounidenses fallecidos. Foto: Redes y FGR
Richard Leiter Johnston III, de 35 años, y John Dudley Black, de 44, serían los agentes estadounidenses fallecidos. Foto: Redes y FGR

El documento recordó que Jáuregui fue detenido el 17 de octubre en Chihuahua por una investigación de carácter estatal, y que, aunque un juez local determinó que podía enfrentar ese procedimiento en libertad, posteriormente se ejecutó una orden de aprehensión federal que derivó en su traslado al penal del Altiplano, donde se le impuso prisión preventiva en tanto se resolvía su vinculación a proceso.

La defensa cuestionó, además, que se pretendiera atribuir responsabilidad penal a Jáuregui únicamente por haber ocupado la titularidad de la Fiscalía General del Estado, sin que existiera, según el comunicado, un testimonio, documento o elemento técnico que acreditara una autorización expresa de su parte.

El texto reiteró que Jáuregui se mantenía firme en su decisión de enfrentar el proceso, y anunció que el sábado la defensa expondría sus argumentos ante el juez federal para solicitar que no fuera vinculado a proceso, bajo el principio de presunción de inocencia.

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