En México, la inclusión de mascotas y cuentas digitales como Netflix en los testamentos ha generado dudas sobre su viabilidad legal. Según el Colegio Nacional del Notariado Mexicano (CNNM), la ley reconoce a las mascotas como bienes muebles, lo que permite que sean mencionadas en un testamento.
Sin embargo, su consideración jurídica como objetos y no como sujetos de derechos limita la posibilidad de designarlas como herederas directas.
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Al redactar un testamento, los propietarios pueden establecer disposiciones específicas para sus animales de compañía. El CNNM señala que es posible nombrar a una persona encargada del cuidado de la mascota y asignar recursos para su manutención.
Esta figura, aunque no convierte al animal en heredero, protege su bienestar mediante un tutor designado. Según el notariado, la práctica más común es dejar a la mascota bajo la custodia de un familiar o tercero de confianza, quien recibirá bienes o dinero bajo la condición de velar por el animal.
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Cuidado de mascotas en testamentos mexicanos
La ley mexicana no contempla la posibilidad de que una mascota reciba directamente una herencia, pero sí permite que el testador establezca condiciones para su cuidado.
El CNNM recomienda detallar el nombre, especie, raza y características del animal en el testamento, así como las instrucciones para su manutención. Esta medida busca evitar disputas y asegurar la protección del animal tras el fallecimiento del propietario.
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Existen antecedentes en medios donde personas han dejado bienes destinados al cuidado de sus mascotas. El CNNM ha documentado casos en los que el testador deja una suma de dinero a un albacea para cubrir gastos veterinarios y alimentación del animal.
La institución sugiere formalizar estos acuerdos ante notario público para evitar impugnaciones.
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Cómo incluir mascotas o criptomonedas en un testamento
En cuanto a servicios digitales como Netflix, la legislación mexicana aún no regula de manera específica la transmisión de cuentas digitales por herencia.
Las plataformas de streaming suelen restringir la cesión de cuentas, ya que los contratos son personales e intransferibles.
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Sin embargo, los bienes digitales, como saldos en monederos electrónicos o derechos sobre archivos digitales, sí pueden formar parte del caudal hereditario si se describen claramente en el testamento.
El CNNM recomienda a quienes deseen incluir bienes digitales en su testamento que detallen usuarios, contraseñas y condiciones de acceso, siempre dentro del marco legal de cada servicio.
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No se han documentado casos en el país donde una cuenta de Netflix haya sido objeto de litigio testamentario; sin embargo, sí existen precedentes de disputas por activos digitales como correos electrónicos y archivos almacenados en la nube.
Opiniones institucionales y recomendaciones notariales
El Colegio Nacional del Notariado Mexicano subraya la importancia de la planeación patrimonial tanto para bienes tangibles como intangibles.
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Aconsejan a los testadores asesorarse con un notario para garantizar que sus voluntades sobre mascotas y bienes digitales queden claras y sean ejecutables.
El CNNM enfatiza que, aunque la ley avanza lentamente respecto a los activos digitales, la tendencia es reconocerlos como parte del patrimonio heredable, siempre y cuando se cumplan los requisitos formales.
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Hasta el momento, no existe jurisprudencia relevante sobre la transmisión de cuentas de servicios de streaming en México. La recomendación institucional es anticiparse a posibles vacíos legales mediante instrucciones precisas en los testamentos y la asesoría profesional de notarios.