
La Cámara de Diputados resolvió aprobar por unanimidad, en lo general, el proyecto redactado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo en contra del nepotismo electoral y la no reelección consecutiva. De igual manera, al no modificar el dictamen del Senado, entrará en vigor en el año 2030.
Cabe recordar que el proyecto busca reformar y adicionar los artículos 55, 59, 82, 115, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en materia de no reelección y nepotismo electoral.
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Con el respaldo de los 447 diputados y diputadas que atendieron la sesión en San Lázaro, el proyecto que impedirá la reelección en cualquier cargo, así como la postulación de familiares de personajes en el ejercicio de cualquier puesto de elección, fue avalado. En tanto, la votación en lo particular fue de 432 votos a favor, 28 en contra y 4 abstenciones.

Una de las reservas presentadas, con la finalidad de adelantar su aplicación en las elecciones de 2027 y no hasta 2030, estuvo a cargo del morenista Alfonso Ramírez Cuéllar. Aunque fue uno de los mayores interesados en la modificación en congruencia con la redacción original y el primero en participar en el estrado, decidió retirar su reserva.
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La siguiente oradora en el orden de quienes presentaron reservas al proyecto fue Silvia Patricia Jiménez Delgado, del Partido Acción Nacional (PAN). En su intervención, realizó una propuesta de modificación al artículo transitorio para que su entrada en vigor fuera en el 2027, pero no recibió el respaldo para su discusión y fue desechada.
Con ello, el proyecto se perfila para ser avalado en lo particular y entrar en vigor en el año 2030, como lo propuso Adán Augusto López Hernández, coordinador de la bancada de Morena en el Senado, y su homólogo del PVEM, Manuel Velasco Coello.
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¿En qué consiste la reforma contra el nepotismo electoral y la no reelección?
La reforma prohíbe la reelección inmediata para diversos cargos públicos y establece medidas estrictas contra el nepotismo electoral. Estas disposiciones se aplicarían a partir de los procesos electorales federales y locales programados para el año 2030.
La reforma modifica la Constitución Política para impedir la reelección inmediata en cargos como diputaciones, senadurías, la Presidencia de la República, gubernaturas, diputaciones locales, presidencias municipales, regidurías, sindicaturas, la jefatura de gobierno, alcaldías y concejalías. Esto significa que los funcionarios que actualmente ocupen estos puestos no podrán postularse para un periodo consecutivo en las elecciones de 2030, según lo estipulado en los artículos transitorios de la minuta.
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Además de la prohibición de la reelección inmediata, la reforma incluye disposiciones específicas para combatir el nepotismo en los procesos electorales. Las personas que aspiren a un cargo de elección popular deberán cumplir con un requisito clave: no tener, ni haber tenido en los tres años previos al día de la elección, vínculos de parentesco o relaciones personales cercanas con otros funcionarios públicos.
En concreto, se establece que no podrán participar quienes tengan lazos de matrimonio, concubinato, unión de hecho o parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado, en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado.
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