
México está a menos de seis meses de que se lleven a cabo las elecciones del 2 de junio de 2024 en las que se elegirán más de 19 mil cargos ―entre ellos la Presidencia de la República, cargos en el Congreso, ocho gubernaturas, entre otros―, por lo que es importante conocer cuáles son los requisitos para renovar la credencial del Instituto Nacional Electoral (INE) si es que la tuya ya venció o debes actualizar tus datos.
Y es que, de acuerdo con la normativa vigente, los ciudadanos mexicanos deben renovar su credencial para votar en ciertos casos, como el cambio de domicilio, cuando se extravía, expira, ha sido robada o ha sufrido algún tipo de deterioro. Estos procesos de actualización garantizan la integridad del padrón electoral y permiten la organización de elecciones transparentes y justas.
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Para este 2024 el INE ampliará su horario de servicio y, en algunos módulos, modificará los días de atención, sumando también los domingos, ello para facilitar a los ciudadanos la realización del trámite.
¿Qué documentos necesito?
La operación de la emisión de las credenciales de elector cambió a raíz de la pandemia de COVID, la principal y más importante es que ahora se deben hacer citas para acudir a hacer los trámites.
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La citas se pueden realizar a través de la página https://www.ine.mx/credencial/, ahí deberás llenar el módulo que te queda más cerca, el trámite que quieres hacer y la documentación con la que cuentas. Te arrojará un calendario con los días disponibles para que acudas al módulo.
Posteriormente deberás preparar tus documentos. En el caso de la renovación de la credencial de elector deberás llevar
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1. Documento de nacionalidad

Puede ser el acta de nacimiento o una carta de naturalización.
Si naciste en México y no cuentas con tu acta de nacimiento, puedes hacer tu solicitud de acta de nacimiento por internet (https://www.gob.mx/ActaNacimiento/) .
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Si te naturalizaste como ciudadana o ciudadano entonces puedes presentar el documento que acredite la nacionalidad mexicana por naturalización.
Si realizaste un cambio de nombre o de sexo y quieres cambiar los datos de tu credencial para votar presenta acta de nacimiento por reconocimiento de identidad de género en la que se refleje nombre y sexo actuales. Si no has realizado el trámite de reconocimiento de identidad de género no podrás modificar nombre y sexo, sin embargo, sí podrás actualizar tu fotografía en la que se refleje tu expresión de género; solicitar que el dato de “sexo” no aparezca en la credencial; elegir “X” en el dato de “sexo”.
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2. Identificación con fotografía

Puedes llevar alguna de las siguientes opciones: pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir; Cartilla del Servicio Militar Nacional; credencial de servicio público; documentos de escuelas públicas o privadas; credenciales de derechohabientes; credenciales de identificación laboral.
Cualquiera que elijas debe ser expedida por una institución o empresa mexicana debidamente constituida y reconocida; original y vigente; con un máximo 10 años de haber sido expedida. Las Credenciales del INAPAM, Cédula y Título Profesionales, no tienen vigencia.
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3. Comprobante de domicilio

Pueden ser recibos de pago de impuestos y/o servicios; estados de cuenta; contrato de arrendamiento reciente; copia certificada de escrituras.
En este caso deben tener una fecha de expedición no mayor a 3 meses; los recibos de pago anual deben ser vigentes o del año anterior inmediato; deben señalar el domicilio, tal y como aparecerá en la Credencial. Deben ser emitidos por una empresa debidamente constituida y reconocida o de una oficina del gobierno mexicano.
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Los comprobantes de servicios descargados de internet como: luz, agua, teléfono, estados de cuenta bancarios o tiendas departamentales deben señalar el nombre y razón social de la empresa o institución que los emite, folio, fecha, hora, lugar de expedición y nombre completo de la o del titular del servicio.
¿Qué pasa si no cuento con alguna identificación o comprobante?
Quienes no cuenten con alguna identificación o comprobante de domicilio pueden presentar a dos personas que funjan como testigos. La primera persona deberá tener su credencial para votar inscrita en el mismo municipio o alcaldía que el solicitante; mientras que la segunda persona que funja como testigo debe tener inscrita su INE en la misma entidad federativa.
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Además, las personas que funjan como testigos, sólo podrán serlo por cuatro ocasiones en un lapso de 120 días naturales.
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