Luego de revisar el criterio con el que le había negado ese beneficio anteriormente, el Tribunal Oral Federal 4 resolvió mantener el rechazo al pedido de arresto domiciliario de Lázaro Báez para cumplir su condena unificada de 15 años de prisión en relación a las causas Vialidad y Ruta del Dinero.
El juez de ejecución Néstor Costabel le requirió a las autoridades del Complejo Penitenciario Federal I que continúen manteniendo actualizado el cuadro general de salud del exempresario a través de un informe médico semanal.
Además, dispuso que se arbitren los medios necesarios tendientes al traslado de Báez a los turnos médicos programados extramuros, acompañando su historia clínica completa y las pertinentes actuaciones, según la especialidad.
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Finalmente ordenó que lo mantengan informado acerca de la gestión de los correspondientes turnos para cumplir con la orden de videocolonoscopia y con los debidos estudios prequirúrgicos.
El fiscal federal Abel Córdoba había planteado su oposición a que Lázaro Báez reciba el beneficio de arresto domiciliario porque entendió que no hay elementos que indiquen que la permanencia en el Penal de Ezeiza constituya una afectación a su salud.
Por su parte, la defensa había solicitado el beneficio de la prisión domiciliaria ante las supuestas faltas de atención a la salud del Servicio Penitenciario Federal, y a la dificultad que tiene la familia de acompañarlo desde la provincia de Santa Cruz.
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Antecedentes
La decisión del TOF 4 se dio en cumplimiento de una resolución de la Sala IV de la Cámara de Casación que, con voto dividido, indicó que el magistrado a cargo de la ejecución debía revisar el criterio que se había aplicado hasta ese momento acerca de los pedidos de morigeración de la prisión.
Por esa razón, el juez Costabel convocó a una audiencia la semana pasada, donde el fiscal Córdoba sostuvo que no se advertía supuesto alguno que hiciera procedente el arresto domiciliario de Lázaro Báez. Destacó que sus afecciones se fueron tratando con seguimiento judicial y de la defensa.
Asimismo, le pidió al tribunal que se refuerce la orden a los directores del Complejo Penitenciario de Ezeiza, en especial del Hospital que allí funciona, para que mantengan actualizada la historia clínica, agilicen la gestión de turnos médicos, y aseguren el suministro de la medicación.
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Por su parte, los abogados Yanina y Lucas Nicoletti, presentaron documentación para acreditar que el titular de Austral Construcciones padece hipertensión arterial, diabetes mellitus tipo 2, asma bronquial, sobrepeso, hemorroides y en noviembre de 2025 le extirparon un pólipo colónico.
En el mismo sentido, sostuvieron que Báez no fue revisado por un gastroenterólogo después de la intervención quirúrgica a la que fue sometido en noviembre del año pasado.
Agregaron que después de sus quejas fue trasladado para una consulta con un gastroenterólogo al Hospital Udaondo, en Capital Federal, pero, según su relato, el Servicio Penitenciario no llevó el informe con su historial de salud.
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Los argumentos del fallo
El tribunal destacó que en los últimos 6 meses, debieron analizar la situación de salud de Lázaro Báez al menos tres veces a raíz del reclamo de la defensa, para que reciba el beneficio del arresto domiciliario.
El primer rechazo se dictó el 29 de diciembre y fue confirmado por la Cámara de Casación en enero. Posteriormente, la defensa reiteró la solicitud en marzo, lo que llevó a nuevas medidas de prueba y evaluaciones médicas.
En ese marco, los informes del Cuerpo Médico Forense y del personal médico del penal concluyeron que Báez presenta patologías crónicas, pero se encuentra clínicamente estable y bajo tratamiento adecuado.
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No obstante, la defensa insistió ante Casación, argumentando que el Servicio Penitenciario no cumplía con los cuidados recomendados por los médicos que habían diagnosticado al exempresario.
En esta ocasión, el juez de ejecución concluyó que los controles médicos, incluidos monitoreos diarios de glucemia y consultas en distintas especialidades, cumplen con lo recomendado por los peritos.
A la vez, remarcó que pese a las reiteradas solicitudes, no se constató un deterioro concreto en la salud de Báez que justifique el arresto domiciliario. Las condiciones de atención fueron ajustadas y no hay pruebas de afectación a su derecho a la salud.
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